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¿Cuánto me descuentan si hago huelga?

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Muchos compañeros nos han hecho esta pregunta, interesándose además por la diferencia entre la huelga de día completo y la parcial.

Por eso, en CGT ponemos a tu disposición esta calculadora donde podrás estimar el importe bruto a descontar de tu nómina tanto en caso de huelga de día completo como parcial.

Seguimos luchando contra los despidos

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En CGT no damos por terminada la lucha contra los despidos forzosos del ERE.

El 22 de diciembre organizamos una pitada de protesta en la puerta de Torre Suecia.

Agradecemos a los compañeros de STC su apoyo en esta movilización.

Os mantendremos informados de próximas acciones de protesta.

El Supremo desestima el recurso de CGT contra el ERE 2016

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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por CGT contra la sentencia dictada el 10/mar/2017 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en demanda por la impugnación de despido colectivo.

La sentencia despeja las dudas sobre qué ocurriría en caso de que el ERE se considerase no ajustado a derecho:

“Para despejar desde el inicio las dudas que pone de manifiesto la recurrente, vaya por delante, que no hay precepto legal alguno que permitiere justificar una decisión unilateral de la empresa, consistente en modificar a la baja la indemnización superior a la legal que pudiere haberse pactado en el acuerdo de despido colectivo, por el hecho de que la sentencia judicial que recaiga en el procedimiento del art. 124 LRJS lo declare ajustado a derecho.

Esa no es razón para cuestionar la efectividad de la superior indemnización que pudiere haberse acordado, y que sigue siendo vinculante para la empresa si la sentencia califique el despido colectivo como justificado y ajustado a derecho.”

Es decir, aun cuando la Empresa haya pactado una indemnización superior a la correspondiente por despido improcedente, esa cuantía no se vería mermada en caso de que los tribunales dictaminasen que el ERE no se ajusta a derecho (improcedente).

La AN declara nulo el cambio de objetivos para 2017

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La Audiencia Nacional estima la demanda de NULIDAD de la modificación del STV/SIP respecto a los objetivos fijados para 2017 en cada organización, por no respetar el procedimiento de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo (artículo 41 del Estatuto del Trabajador).

La declaración de nulidad de la modificación del STV/SIP de 2017 tiene efectos desde el 1 de enero de dicho año, y obliga a mantener los objetivos comunicados a principios de 2017 para la percepción del bono.

El cambio de objetivos fue demandado por TODAS las fuerzas sindicales, acumuladas en una única demanda, y es un éxito de la UNIDAD SINDICAL.

Unidos en la lucha

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Durante el proceso del ERE 2017 hemos asistido a diferentes posicionamientos por parte de las Secciones Sindicales. Cada una, a su modo, buscando siempre la defensa de los intereses de los empleados.

La UNIDAD SINDICAL no significa que no se puedan tener posiciones diferentes, sino mantenerse fieles a la lucha por los derechos de los trabajadores desde la pluralidad de opiniones y opciones diferentes.

En CGT entendemos que criticar, menospreciar y ocultar las acciones del resto de Secciones Sindicales a través de comunicados incendiarios, en lugar de dialogar y buscar entre todos la mejor alternativa para proceder, es perder tiempo y energía en guerras vacías de contenido, con miras a conseguir réditos electorales, que a la larga sólo benefician a la Empresa. En CGT creemos en el diálogo para construir a partir de nuestros puntos comunes.

Nuestra intención es continuar luchando por el bien de toda la plantilla. Animamos al resto de fuerzas sindicales a que apoyen el rechazo total a la política de despidos continuos de la Empresa, la opacidad en su ejecución, la falta de interés negociador y el enfrentamiento continuo con la Representación Legal de los Trabajadores.