Retribuciones

Nota 197: Paga de Productividad de Avatar (III)

Posted on Updated on

Paga de Productividad de Avatar (III)

Como sabéis, CGT presentó una  Papeleta de Mediación en el SIMA contra Ericsson previa a la demanda sobre la Paga de Productividad del colectivo Avatar relativa al ejercicio 2014. Hubo una primera mediación el 11 de enero, con resultado de APLAZAMIENTO. Hubo una segunda mediación el martes pasado (19 de enero), también con resultado de APLAZAMIENTO, hasta el próximo 29 de enero, fecha en la que estamos de nuevo citados en el SIMA.

En esta segunda mediación, la Dirección de Ericsson (acompañada por el Rafael Pérez, responsable de IT Competence Domain Iberia) intentó dar respuesta a la solicitud formal que enviamos y explicó cómo calcula el índice de Productividad para el colectivo Avatar. La Dirección aportó datos relativos al cálculo de la Paga de Productividad de Avatar Aunque valoramos positivamente y agradecemos las explicaciones dadas, no resolvieron nuestras principales dudas:

  • Relaciones Laborales de Ericsson se negó a aportar la relación de Proyectos asociada a cada uno de los Programas (Altamira, NGOSS, EUS+Bluevia y M2M).
  • Se le preguntó a la Dirección cómo era posible alcanzar en el 2014 un GM (margen neto) de 10.71 M€ a partir de un UM (margen bruto) de 8.15 M€ y un underabsortion 0. Las explicaciones dadas por la Dirección de Ericsson no fueron satisfactorias.

Algunos de los datos aportados en dicha reunión fueron:

  • Únicamente el 84% del personal Avatar pertenece a los CECOS seleccionados para el cálculo del índice de productividad (143 compañeros frente a un total de 170, en 2014).
  • En dicho 2014, el objetivo de ventas era de 63 M€. Finalmente se alcanzaron los 68,029 M€, bastante más de lo previsto. Aun así el GM (margen neto) obtenido, 8.6 M€ quedó lejos del objetivo de productividad (10.71 M€), lo cual refuerza nuestra principal queja: el objetivo impuesto era de imposible cumplimiento.
  • Se le preguntó a Ericsson por qué en 2015 el objetivo de productividad Avatar impuesto de 8.183 M€ era del mismo valor para el GM (margen neto) y el UM (margen bruto), siendo que Ericsson sostiene que la fórmula de cálculo del índice es la misma todos los años. Rafael Pérez respondió afirmando que en el 2015 se había dado prioridad a las ventas.

Los mediadores propusieron finalizar la reunión con APLAZAMIENTO para explorar si era posible la apertura de una negociación sobre la Paga de Productividad de Avatar que fue aceptada por las partes.

La Dirección de Ericsson para la próxima reunión debería decidir sobre su disposición a negociar una compensación por la pérdida del derecho a esta paga a futuro. Por otra parte la representación social deberá clarificar qué interlocutores de su parte participaran en dicha negociación para el caso de que la Dirección estuviera dispuesta a la mencionada negociación.

Los representantes de STC manifestaron que la mesa de negociación debería constituirse por Comités de Empresa. Por su parte, los representantes de CGT manifestaron que no aceptarían que se excluyera de la negociación, ni a ellos ni al resto de fuerzas sindicales.

CGT ha convocado hoy una reunión con todos los sindicatos donde se ha tratado de clarificar esta representación. Esperamos que antes del nuevo acto de conciliación de este viernes dispongamos de una propuesta de comisión de negociación consensuada por todos.

Recordemos finalmente que CGT ha demandado la Paga de Productividad de Avatar 2013. El juicio en la Audiencia Nacional está señalado para el próximo 23 de febrero.

Los derechos que no se defienden se terminan perdiendo

Nota 193: Paga de Productividad Avatar (II)

Posted on Updated on

Paga de Productividad Avatar (II)

Como sabéis, la Sección Sindical de CGT en Ericsson presentó una Papeleta de Mediación contra Ericsson reclamando la Paga de Productividad del colectivo Avatar relativa al ejercicio 2014. La mediación en el SIMA tuvo lugar ayer lunes. En dicha mediación manifestamos:

  • Que los objetivos de productividad que nos impone Ericsson son inalcanzables, a lo cual Ericsson respondió que no era así, y de hecho iba a proceder a abonar la Paga de Productividad Avatar 2015. Llevamos manifestando esto hace varios años.
  • Que el índice de productividad objetivo calculado por Ericsson en cada ejercicio no se entendía, y que el PDF informativo que se nos entrega es un auténtico arcano. A lo cual la Dirección respondió que les indicáramos qué datos precisábamos para comprender dicho cálculo. Ya en su día solicitamos formalmente y por escrito (a la Comisión de Retribuciones de EEM) que nos informara al respecto.

Finalmente, la mediación en el SIMA terminó con un acta de Aplazamiento (hasta el próximo lunes), y el compromiso por la parte promotora de la demanda (la Sección Sindical de CGT) de enviar una solicitud formal de información en el plazo de 24 horas. Adjuntamos la solicitud enviada a la Dirección de Ericsson, al SIMA y al resto de fuerzas sindicales.

Durante la sesión de mediación la Dirección manifestó que no actuaba de mala fe, y que Ericsson había pagado la Productividad de Avatar en 2012 (olvidaron decir que lo hicieron tras nuestra demanda y pocos días antes del juicio en la Audiencia Nacional). También negaron que ocultaran información acerca de cómo se realiza el cálculo del índice de productividad, y se reafirmaron en que dicho cálculo era el mismo año tras año.

Por otra parte, recordemos que la Sección Sindical de CGT también ha presentado una demanda en la Audiencia Nacional reclamando la Paga de Productividad de Avatar del ejercicio 2013. El juicio está señalado para el 23 de febrero.

Los derechos que no se defienden se terminan perdiendo

Nota 192: Paga de Productividad Avatar

Posted on Updated on

Paga de Productividad de Avatar

La Sección Sindical de CGT en Ericsson, a través de su gabinete jurídico confederal, ha presentado una Demanda Colectiva contra Ericsson reclamando la Paga de Productividad del colectivo Avatar relativa al ejercicio 2013.

CGT ha presentado la citada demanda debido a que:

  • El objetivo de productividad se fijó el 3 de junio de 2013, cuando ya habían transcurrido 5 meses del ejercicio. Para entonces Ericsson ya conocía la marcha del negocio, imponiendo unos objetivos de imposible cumplimiento y contrarios a la buena fe.
  • En el acto de conciliación celebrado en el SIMA el 19 de enero de 2015 las partes acordaron reabrir el proceso de negociación de homogeneización de condiciones laborales de dicho colectivo, cosa que Ericsson incumplió. Así, la Sección Sindical de CGT en Ericsson intentó negociar la renuncia a dicha paga en el marco de dicha negociación colectiva (la homogeneización de condiciones laborales) que incluía la Paga de Productividad, pero la Dirección prefirió suprimir dicha paga de forma unilateral.

El juicio en la Audiencia Nacional está señalado para el 23 de febrero.

Recordemos que el Colectivo Avatar ha venido cobrando esta Paga de Productividad todos los años desde la creación de Telefónica I+D, incluidas las pagas de 2010, 2011 y 2012 que fueron abonadas por Ericsson. La Paga de Productividad es un derecho de dicho colectivo recogido expresamente en el Acuerdo de Segregación alcanzado el 30 de septiembre de 2010. Dicha paga se concreta en un pago único de 350€, que se consolida en la retribución fija de cada trabajador afectado a fecha de 1 de enero del ejercicio siguiente.

En su día, la Sección Sindical de CGT en Ericsson demandó ante la Audiencia Nacional la Paga de Productividad de Avatar de 2012. En aquella ocasión, Ericsson se allanó y accedió a abonar dicha paga pocos días antes del juicio.

En nuestro afán de homogeneizar las condiciones laborales del colectivo Avatar con las del resto de Ericsson, son innumerables las peticiones de negociación que CGT ha presentado. Sin embargo, la Dirección no quiere negociar. Prefiere mantener la burbuja y tomar la vía de los hechos consumados, como es la decisión unilateral de no abonar esta paga.

Por tanto, nos vemos forzados a acudir a los abogados y a los tribunales, como último recurso, después de haber agotado todas las vías anteriores.

Por otra parte, la Sección Sindical de CGT también ha presentado una papeleta de mediación demandando la Paga de Productividad de Avatar del ejercicio 2014. Esta papeleta es paso previo y necesario antes de interponer una demanda colectiva en la Audiencia Nacional, si no se llega a un acuerdo en el SIMA. El acto de mediación en el SIMA está convocado para el próximo lunes 11 de enero. Os mantendremos informados.

Los derechos que no se defienden se terminan perdiendo

Nota 131: Propuesta de CGT para el protocolo de IPM

Posted on Updated on

Como os comentamos anteriormente como consecuencia deficiencias de la evaluación del IPM que lo convierten en un mecanismo para fomentar la discriminación, la arbitrariedad, la desmotivación y el miedo en los trabajadores, CGT presento una papeleta de mediación ante el SIMA.

La mediación en el SIMA el 20 de enero termino con un acuerdo en relación con algunos de los aspectos de la demanda por el que se negociarán procedimientos para las reclamaciones de los trabajadores sobre su IPM en cada una de las tres empresas.

La empresa ha realizado dos propuestas una para EEM y otra para ENI que nos parecen un completo despropósito pues no ofrecen ninguna garantía a los trabajadores que reclamen respecto a su evaluación. La primera reunión para tratar este tema ha sido convocada en ENI para hoy.

Es por eso que CGT hemos preparado una plataforma de lo que consideramos debería ser un procedimiento que ofreciera unas garantías mínimas en el área de evaluación de competencias.

Esta plataforma considera que el procedimiento ha de garantizar que para la evaluación de desempeño únicamente se tenga en consideración el tiempo efectivamente trabajado, para no penalizar situaciones de empleados o empleadas con menor tiempo de trabajo efectivo, en concreto, para el caso de colectivos que por razón de guarda legal, maternidad, uso del crédito sindical o cualquier razón similar, legalmente contemplada o acordada con la empresa, no realicen la jornada completa.

Así mismo ha de asegurar que no se han realizado valoraciones subjetivas, no ajustadas a la realidad del devenir de los acontecimientos, objetivos no mensurables o irrealizables y/o cualquier otro imponderable para lo que se analizará si los objetivos eran alcanzables, prácticos, realistas y fueron comunicados con claridad.

Partiendo de la base de que todo procedimiento de resolución de conflictos requiere unas garantías para su correcto funcionamiento este procedimiento debe considerar los principios de igualdad de las partes (evaluador y evaluado), audiencia y la contradicción, evitar la indefensión, la eficacia del procedimiento (que no tenga retrasos indebidos, se disponga de medios necesarios, se cumplan las recomendaciones) y el derecho de quien ha sido favorecido por la resolución a ser evaluado correctamente y compensado, si hubiere lugar a ello, por el daño sufrido.

Una vez más, CGT está lanzando propuestas serias como base de la negociación. Esperamos que en esta ocasión la Dirección de Ericsson y el resto de las fuerzas sindicales esté a la altura de las circunstancias y contribuya a mejorar el sistema de IPM de tal manera que pueda garantizar el mínimo de justicia que cabe esperar de algo tan relevante para los trabajadores.

 

Una evaluación injusta es impropia de una empresa respetuosa con sus empleados

 

Nota 116: Homogeneización de las condiciones de Ericsson en España

Posted on Updated on

Homogeneización de las condiciones de Ericsson en España

Como ya os informamos, en mayo de 2014 CGT interpuso una papeleta en el SIMA y posteriormente, en julio, una demanda colectiva ante la Audiencia Nacional para la homogeneización de las condiciones laborales de todos los trabajadoresdentro del grupo patológico de Ericsson en España, tratando que se nos reconozcan las condiciones laborales pactadas en diversos ámbitos.

La estructura empresarial de Ericsson en España es bastante compleja y está formada por un conglomerado de empresas que en su mayoría dependen de la matriz Ericsson España S.A., y que han sido constituidas con propósitos meramente instrumentales, habiendo sido reconocidas como integrantes de un grupo patológico por la Dirección y la Audiencia Nacional. Este conglomerado tiene su personal concentrado principalmente en tres empresas, Ericsson España S.A. (EEM), Ericsson Network Services S.L. (ENI) y Optimi Spain S.L.U. (SLU), a las que habría que añadir una serie de sociedades menores de tipo instrumental o debidas a adquisiciones de empresas con actividades en España.

Es normal que una empresa como Ericsson mantenga una estructura compleja para adaptarse al cambiante entorno empresarial, pero lo que es cuestionable es que la estructura empresarial se utilice para erosionar los derechos de los trabajadores.

Ericsson creó esta estructura empresarial para reducir sistemáticamente las condiciones laborales de todos, y para asegurar que las subvenciones de Optimi no alteraran los planes de reducciones de empleo en el grupo.

Durante el acto de mediación se vio la clara oposición de la Dirección a homogeneizar las condiciones de todas las empresas del grupo, y más sorprendentemente, el poco interés que el resto de los sindicatos presentaronen la mediación. Nos llama la atención que tras la pasividad inicial mostrada ante la iniciativa de CGT, todas las fuerzas sindicales hayan hecho hincapié a posteriori en la diferencia de condiciones entre empresas del grupo, en general a la baja en ENI. Una vez más la realidad nos demuestra la incongruencia que se da en muchas ocasiones entre lo que se dice y lo que se hace.

No obstante, nosotros continuamos en solitario, como suele acontecer y el pasado julio presentamos la demanda en la Audiencia Nacional. CGT siempre ha mostrado interés en evitar esta diversidad de condiciones hemos promovido durante años acuerdos buscando tener ahora una regulación de base para todo el grupo, regulación que se basaría principalmente en:

  • Adopción del Convenio Colectivo del Metal aplicable a cada Centro de trabajo según su localización geográfica.
  • Sobre dicho convenio se aplicarían los acuerdos de ámbito de empresa sobre ciertas materias como por ejemplo:
  1. Incremento salarial mínimo pactado en ENI.
  2. Retribución variable pactada en EEM.
  3. Trabajos fuera de jornada pactado en EEM (muy superior al de ENI).
  4. Desplazamientos internacionales pactados en EEM.
  5. Desplazamientos nacionales pactados en ENI.
  6. Teletrabajo pactado en EEM.
  7. Plan de Igualdad pactado en EEM (muy superior al de ENI).
  • En lo no acordado se aplicarían derechos que se vienen reconociendo a la mayoría de los trabajadores del grupo y que emanan de Convenios Colectivos de ámbito de empresa anteriores como el XV Convenio de Ericsson S.A. (ej. Cheques restaurantes que emanan del comedor reconocido en convenio, etc.).
  • Derechos incluidos en directivas empresariales y que vienen siendo reconocidos a la mayoría de los trabajadores.
  • Derechos que viene disfrutando los trabajadores con carácter general en alguna de las empresas.

La Dirección de Ericsson se ha negado a reconocernos como Sección Sindical de Grupo para evitar aportarnos la información a la que tendríamos derecho por Ley (sobre todo de ENI). Ericsson nos obliga a tratar de resolver este asunto en los juzgados, por lo que hemos tenido que solicitar esta información a través de la Inspección de Trabajo. Ericsson utilizó ante la Inspección de Trabajo todos los mecanismos formales posibles para negarnos el acceso a esta información e incluso comenzó a enviar una parte de ella pocos días antes de la cita con el inspector para tratar de demostrar que su actitud hacia nuestra Sección Sindical está cambiando.

La Dirección parece obstinada en limitarnos el acceso no sólo a la participación sino incluso a la información sobre las empresas del grupo, mientras otras fuerzas sindicales parecen más interesadas en mantener sus ámbitos de influencia a salvo de nuestro sindicalismo. Esto, lejos de acobardarnos, lo interpretamos como un signo de que algo estamos haciendo bien. Ya sabéis el dicho: “los perros ladran luego cabalgamos”. En vuestras manos esta hacer que la situación cambie. Ya basta de hablar, es hora de actuar.

Por unas condiciones de trabajo justas