Demanda

Nota 26: Colectivo AVATAR Compensación/absorción de la antigüedad

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Colectivo AVATAR Compensación/absorción de la antigüedad

Como sabéis, en octubre de 2010, 226 trabajadores de Telefónica I+D pasaron a ser trabajadores de Ericsson España S.A. vía el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores. En el Acuerdo de Segregación del 30 de septiembre de 2010, Ericsson se comprometió a no aplicar compensación/absorción sobre el concepto de nómina «Antigüedad» durante 3 años.

Si bien en los dos primeros años la empresa cumplió el compromiso, no ha sido así en el tercero: a los trabajadores que consolidaban un nuevo trienio en 2013 se les ha aplicado compensación/absorción de dicha subida en el complemento personal.

Tras solicitar reiteradamente a Recursos Humanos, por parte de CGT y por parte de los compañeros afectados, que no se aplicase compensación y absorción de los referidos trienios, la respuesta recibida fue la confirmación de que no se trataba de un error sino de una decisión de la empresa.

Por este motivo desde los servicios jurídicos de CGT se ha promovido un Conflicto Colectivo frente a Ericsson España S.A. y frente a Telefónica I+D (dada su responsabilidad como empresa cedente firmante del acuerdo de segregación), denunciando la compensación y absorción de la antigüedad para los compañeros de AVATAR que en 2013 consolidaban un nuevo trienio.

Con ello, la Sección Sindical de CGT espera que la Dirección opte por cumplir con los acuerdos y así obrar de buena fe, respetando lo que consideramos derechos legítimos del colectivo AVATAR.

Como representantes de los trabajadores, no debemos consentir incumplimientos en los acuerdos ni caer en la trampa de que se utilicen las mesas de negociación únicamente para justificar reducciones de personal o pérdidas en las condiciones laborales de los trabajadores

En este enlace podéis consultar el contenido de la papeleta de mediación al SIMA.

Nota 23: BONO: No aceptes el del 2012 y reclama el del 2013

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BONO: No aceptes el del 2012 y reclama el del 2013

Una vez más estamos recibiendo peticiones de nuestros managers instándonos a aceptar los objetivos para el 2013. La Dirección de la Empresa mantiene la reducción del porcentaje de los bonos que nos corresponden a la mayoría de nosotros a pesar de las recurrentes sentencias en contra del cambio que impuso por primera vez en 2009.

Durante estos años la Dirección de la Empresa ha utilizado el «acknowledge» de los objetivos para introducir cambios importantes en el sistema de retribución variable, con la posible finalidad de tratar de documentar nuestra aceptación donde fuera necesario.

Haciendo click en el «acknowledge», según la Dirección de la Empresa, reconocemos implícitamente las siguientes cláusulas:

  • En caso de ser calificado como «Not Acceptable”, no cobrarás bono.
  • Reducción del bono para los empleados que hayan estado de baja por enfermedad durante un periodo superior a 183 días.
  • Pérdida del bono para los empleados que abandonen la compañía voluntariamente antes de finalizar el año.

El formato desplegado no permite dejar constancia de la “no conformidad” con estas cláusulas y con los porcentajes, pero aun dudando de la utilidad legal de esta estrategia que plantea la compañía, os recomendamos NO hacer el “Acknowledge” del VPS del 2013.

Recordad también que este mes prescribe el plazo para reclamar las cantidades pendientes por el pago del bono correspondiente al 2011 y percibido en el 2012.

Si ya habéis hecho el acknowledge pero no queréis dar la conformidad a los cambios, rellenad y entregad esta carta a vuestro manager o a Recursos Humanos. Os han de firmar el “acuse de recibo” que os quedáis para tener constancia de vuestra “no conformidad”.

Para cualquier duda, consulta o reclamación del BONO, podéis contactar con nosotros en Sección Sindical CGT.

Nota 16: Supresión unilateral de disponibilidades

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Supresión unilateral de disponibilidades

Hemos tenido conocimiento de que Ericsson España S.A. suprimió durante el 2012 unilateralmente y sin previa notificación la disponibilidad que venían percibiendo algunos trabajadores.

Consideramos que esta actuación constituye una violación de los acuerdos colectivos, directivas y contratos individuales en la materia, por lo que hemos comenzado procedimientos de reclamación individuales de las cantidades dejadas de percibir por este concepto, que pueden superar los 3.000 €.

Si os encontráis en esta situación indicádnoslo lo antes posible por correo a Seccion Sindical EEM CGT y os indicaremos los pasos a seguir y la documentación a aportar.