CONVOCATORIA: Manifestación 24-O por la defensa de las pensiones públicas

Posted on Updated on

CONVOCATORIA: Manifestación 24-O por la defensa de las pensiones públicas

Recordamos la importancia de participar en la Manifestación del jueves, 24 de octubre, en defensa de las PENSIONES PÚBLICAS.

La MANIFESTACIÓN unitaria de Madrid comenzará a las 19.30 horas y el recorrido es Atocha – Jacinto Benavente – Sol.

Que una sociedad cubra dignamente las necesidades de las personas, que por edad o por enfermedad no pueden ni deben trabajar, es una de las mejores muestras de su nivel de civilización. En el debate sobre qué sistema de pensiones queremos, así como el de qué tipo de educación o qué tipo de sanidad, se muestra la clase de sociedad a la que aspiramos. Nos dicen que la sociedad envejece, que habrá más personas jubiladas para cobrar y menos personas trabajando para cotizar, que la esperanza de vida aumenta. Insisten en que hay que sanear las cuentas públicas pues no se puede gastar más de lo que entra, y para ganar competitividad, hay que reducir las cotizaciones sociales. Pero mientras repiten que hay pocos cotizantes, tenemos 6 millones de parados y se da con la puerta en las narices a los inmigrantes que pueden contribuir con su trabajo.

El número de años que cobramos las pensiones influye en los gastos de la Seguridad Social, pero también influye el trabajo precario, la continua bajada de salarios, el paro juvenil y los parados mayores de 45 años excluidos de facto del mercado laboral. Los aumentos de productividad también pueden influir en los ingresos y gastos del sistema público de pensiones, pero para ello deberían incrementar los salarios y las cotizaciones sociales, y no sólo los beneficios empresariales. Con estos recortes aumentan la edad de jubilación, amplían los períodos de cómputo para calcular la pensión, reducen su cuantía, … quedando así muchos de los actuales y futuros trabajadores excluidos del sistema de pensiones. Las pensionesasí como el resto de garantías y servicios públicos, deben estar en el primer lugar entre los gastos de la sociedad. Los sistemas privados de pensiones no deben tener ningún apoyo público. Hay que tomar el control social de los sistemas públicos de protección social apostando por su autogestión y democratización por parte de los trabajadores. La clase obrera asiste a un retroceso constante de sus condiciones laborales y de vida. Sólo la lucha nos devolverá lo que la ley nos quita, hasta conseguir destruir este sistema establecido para cambiarlo por otro que nos permita pasar la tercera edad con tranquilidad y buena salud.

 

No olvides tus derechos;

Por unas pensiones dignas

 

Nota 58: Seguimos en AVATAR

Posted on Updated on

Seguimos en AVATAR

Desde que en Marzo la Dirección dinamitara la posible homogeneización de las condiciones de trabajo del colectivo Avatar, CGT siguió adelante con las acciones legales necesarias para que Ericsson cumpliera con el acuerdo del 30 de septiembre de 2010, mediante el cual la Dirección 3000 de Telefónica I+D se vendió a Ericsson.

A la demanda inicial relativa a la revision salarial pactada para el 2012 y 2013, que dio origen a una nueva ronda de negociaciones para la homogeneización de las condiciones laborales, se unieron una demanda sobre la Antigüedad y otra sobre la Paga de Productividad. Gracias a esto último la Dirección accedió a abonarnos este concepto (aunque no debidamente actualizado). En las dos primeras demandas(revisión salarial 2012 y Antigüedad) la Audiencia Nacional absolvió a Telefonica I+D y a Ericsson por lo que CGT interpuso Recurso de Casación en el Tribunal Supremo, cuya resolución estamos esperando.

Mientras tanto, nuestros servicios jurídicos nos han aconsejado que los afectados por la compensación/absorción del trienio de Antigüedad de 2013 no inicien aún reclamaciones individuales, que ciertamente tendrían poco recorrido. Aconsejamos que los afectados esperen la resolución del Tribunal Supremo.

Por otra parte, en relación a la Paga de Productividad del 2013, la Dirección ha vuelto a no especificar claramente los objetivos ni a dar información sobre su cumplimiento por lo que hemos solicitado esta información. Consideramos que el conocimiento de los mismos es básico para velar por la justicia en su cumplimiento.

El pasado mes de julio Ericsson procedió a dividir al personal del colectivo AVATAR entre sus dos centros de Madrid, trasladando a la mayor parte de AVATAR a Torre Suecia. Desde CGT hemos liderado durante todo este tiempo las negociaciones y reclamaciones relativas a este colectivo, y vamos a seguir haciéndolo. Es por eso que hemos vuelto a solicitar a la Dirección la apertura de un nuevo proceso de negociación para la homogenización de las condiciones de trabajo, que si se basa en compensaciones justas será de gran valor para todos. Como sabéis, a los compañeros de AVATAR que deciden aceptar trabajos en otras unidades se les exige la renuncia individual a las condiciones de trabajo que trajeron de Telefónica I+D. Esto, que nos parece particularmente injusto, supone una traba a las rotaciones internas y al desarrollo profesional de nuestros compañeros. Queda claro que CGT tiene voluntad de “romper la burbuja”, y es Ericsson quien desea mantenerla.

No olvides tus derechos

Por un trabajo de calidad

Nota 57: Posibles consecuencias de la denuncia de CGT contra el ERE

Posted on Updated on

Posibles consecuencias de la denuncia de CGT contra el ERE

Tras la ejecución de los 137 despidos (el 40% forzosos) del último ERE en Ericsson, CGT interpuso una demanda en la Audiencia Nacional que señaló el juicio para el próximo 12 de noviembre.

Han surgido voces tratando de confundir a los trabajadores sobre las posibles consecuencias de estas resoluciones sobre los despidos individuales. Por ello desde CGT pensamos que no debe generarse intranquilidad en la plantilla ni contribuir a crear un ambiente en la empresa favorable a la defensa de las posiciones de la Dirección en este asunto.

Es por eso que hemos considerado apropiado reproducir el informe al respecto que nos remitieron los servicios jurídicos de CGT y que en su día utilizamos para tomar la decisión de interponer la demanda:


“CONSECUENCIAS DE LAS DISTINTAS RESOLUCIONES DE LA DEMANDA DE ERE

  1. El ERE es declarado AJUSTADO A DERECHO, la Sala considera, de acuerdo al artículo 124 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que la empresa tiene causas para despedir el número de trabajadores que ha despedido y que ha seguido las formalidades previstas en la ley. En ese caso los trabajadores individualmente considerados podrían continuar con sus procedimientos individuales, siempre que en ellos se esgriman causas diversas a las alegadas en el despido colectivo.
  2. El ERE es declarado NO AJUSTADO A DERECHO, por lo que la Sala afirmaría que, habiéndose cumplido todos los requisitos procedimentales de un expediente, no existe causa para los despidos, o el número de los mismos es desproporcionada a las medidas. Las consecuencias de dicha sentencia serían:
    • En primer lugar, se reconocería la inexistencia de causa para los despidos, lo cual implica necesariamente que no existen causas, ni pueden existir en un futuro por motivos iguales o análogos para realizar nuevos despidos o modificar las condiciones de los trabajadores.
    • En segundo lugar, dado que la sentencia colectiva no es ejecutiva, los trabajadores que lo deseen y que no se hayan adscrito voluntariamente al ERE podrán interponer demanda individual de despido contra su inclusión en el ERE, siendo que la sentencia individual declararía, necesariamente, el despido individual como improcedente. En ese procedimiento individual, la empresa debería optar entre readmitir al trabajador, abonándole los salarios de tramitación dejados de percibir hasta el momento (de los que habría que descontar la indemnización percibida) o bien indemnizarle, con 45 días por año trabajado de antigüedad hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días a partir de esa fecha. Los trabajadores que no deseen ninguna de las dos cosas (porque, por ejemplo, sus indemnizaciones sean de más de 45 días), no tienen más que no interponer demanda individual sin que en ningún caso la empresa pueda reclamarles cantidad alguna, dado que la indemnización de despido improcedente es un MÍNIMO, no un máximo.
  3. El ERE es declarado NULO, entendiendo la Sala que no se han cumplido los requisitos legales del despido colectivo. En este caso se declararía el derecho de los trabajadores a retornar a sus puestos de trabajo, pero no se condenaría a la empresa a hacerlo, dado que la sentencia colectiva no es ejecutiva (por ser un ERE anterior a la reforma de la ley de julio de 2013).”
    • Los trabajadores que deseen volver, no tienen más que interponer demanda individual para que se les reconozca su derecho de retorno con percepción de los salarios dejados de percibir, a los que habría que descontar las partes de las indemnizaciones percibidas.
    • Los trabajadores que no deseen volver no tienen si no que no interponer demanda individual, con lo que, la única diferencia es el tratamiento fiscal de sus indemnizaciones por despido, que pasan de estar exentas hasta 45/33 días por año a verse reducidas en un 40 % a efectos fiscales, es decir, habría que tributar, cada año, por el 60 % de lo percibido en dicho ejercicio.”

Esperamos que lo anteriormente expuesto deje claro cuales son las posiblesconsecuencias de esta demanda para los afectados:

  • NULO: 137 trabajadores pueden elegir volver a la empresa percibiendo los salarios dejados de percibir, descontando las indemnizaciones percibidas. Los que elijan no ejecutar su derecho a retorno solo se verán afectados a efectos fiscales si hacienda solicita la devolución de las cantidades exentas.
  • NO AJUSTADO A DERECHO: 57 trabajadores podrían continuar susdemandas individuales por Nulidad (no tendría sentido solicitar la improcedencia al haber percibido indemnizaciones superiores al mínimo legal salvo que consideren que le empresa pudiera tener la intención de readmitirlos). Las consecuencias del éxito de estos procedimientos individuales serían el poder retornar (como en el caso de nulidad anterior). Los que elijan no ejecutar su derecho a retorno no se verán afectados.
  • AJUSTADO A DERECHO: 57 trabajadores podrían continuar sus demandas individuales por Nulidad como en el caso anterior, siempre que aleguen razones distintas a las alegadas en la demanda de CGT. Los que elijan noejecutar su derecho a retorno no se verán afectados.

Creemos que lo anteriormente detallado debe servir para tranquilizar a los afectados por este capricho de la dirección. También queremos dar respuesta a aquellos que nos tachan de inconscientes por creer en un sindicalismo comprometido con la participación de los trabajadores y en la defensa de un empleo digno y de calidad.

Por otra parte la empresa ya ha empezado a dar cifras del próximo ERE cuyo procedimiento la dirección anuncia para las próximas semanas y que estará restringido a ENI. Este nuevo ERE incluiría dos colectivos:

  • 10 puestos de trabajo relacionados con ONO, ya que el pasado 12 de julio Ericsson perdió un proyecto con CABLEUROPA, S.A.U. y el trabajo de estos compañeros terminó el 22 de septiembre. La Dirección indicó a los trabajadores afectados que se estuvieran en casa hasta nuevo aviso.
  • Otros aproximadamente 50 puestos de trabajo, asociados a un contrato conENDESA que finaliza al terminar el año.

El efecto de la demanda de CGT también puede ser importante en relación con este nuevo ERE pues si es declarado:

  • NULO: Las causas aducidas no están aceptadas y se pueden volver a cuestionar si se vuelven a utilizar en otro ERE.
  • NO AJUSTADO A DERECHO: Se reconocería la inexistencia de causa para los despidos, lo cual implica necesariamente que no existen causas, ni pueden existir en un futuro por motivos iguales o análogos, para realizar nuevos despidos o modificar las condiciones de los trabajadores. Habida cuenta de que la empresa incluyó en el pasado ERE casi todas las causas posibles, podría resultarle complicado inventar otras causas diferentes.
  • AJUSTADO A DERECHO: Si las causas alegadas fueran similares sería difícil no considerarlas reales. Por otra parte las condiciones económicas mínimas de los despidos serían las pactadas en el ERE anterior. Si no hubiera acuerdo en la necesidad de los despidos las opciones legales estarían restringidas a cuestionar elementos específicos de este nuevo proceso para solicitar la nulidad o el reconocimiento de que no esta ajustado a derecho. Esta es la situación que han aceptado los firmantes del ERE.

La empresa se plantea este nuevo ERE como un paseo por varios motivos:

  • Asume que la Audiencia Nacional va ha declarar el ERE como ajustado a derecho.
  • La Dirección esta vez cree que se dan causas productivas reales por la no renovación de dos contratos. Lo cierto es que hay trabajo de sobra y se podría reubicar este supuesto personal excedente.
  • Las condiciones están pre-pactadas, por lo que la Dirección no considera que vaya a existir ninguna negociación que pueda mejorar las condiciones de salida.
  • La Dirección asume poca oposición de la parte social por la representación existente en ENI (con una mayoría de CC.OO y UGT, una representación minoritaria de CGT y la ausencia total de STC).
  • Los cambios legislativos de julio hacen más complicada la nulidad de los EREs pues les facilita la constitución de mesas negociadoras reducidas. También hace menos atractiva la nulidad por cuanto la sentencia colectiva sería ejecutiva.

Desde CGT vamos a participar en este nuevo procedimiento con la dedicación y seriedad que nos caracteriza, proponiendo toda una serie de medidas alternativas a la reducción de plantilla. Esperamos que los sindicatos mayoritarios en esta empresa asuman su responsabilidad y no den por hecho el despido de estos compañeros.

Desde CGT y con vuestra colaboración, estamos tratando de minimizar los impactos de las agresivas reducciones de plantilla que quiere aplicar Ericsson.

No permitas que destruyan tu futuro

NO al ERE

Nota 56: Actualización de dietas internacionales

Posted on Updated on

Actualización de dietas internacionales

El acuerdo sobre viajes internacionales firmado el 17 de septiembre de 2007 incluye entre otras cosas las dietas que se han de percibir. Su anexo 5 dice textualmente:“Las dietas publicadas en Suecia para un año se seguirán aplicando durante el inmediatamente siguiente, hasta el 1 de abril, con el fin de limitar los ajustes más o menos que se producen por el retraso que se deriva de la incorporación de las nuevas cifras en los programas relacionadas con la nómina.”.

No obstante parece en el año 2013 se ha realizado la actualización con anterioridad a dicha fecha, con efectos perjudiciales para los trabajadores desplazados durante este periodo a aquellos países que han sufrido una disminución de la dieta, disminución que en algunos casos supera los 50€ diarios. Este supuesto error lohemos puesto en conocimiento de Recursos Humanos en repetidas ocasiones, pero desgraciadamente no han dado ninguna solución al problema. También lo hemos incluido en la agenda de la Paritaria de Viajes que, aunque hace tiempo que está inactiva, parece se va a volver a reunir próximamente. Mientras tanto, nuestros servicios jurídicos nos han aconsejado la reclamación individual de las cantidades dejadas de percibir por los trabajadores afectados.

La tabla que se muestra a continuación contiene la lista de destinos cuyas dietas se han visto reducidas en 2013 con respecto a las de 2012. Si has viajado durante el primer trimestre del año a cualquier de los países que se incluyen en esa tabla puedes estar afectado, por lo que te aconsejamos que revises tus liquidaciones de gastos, y en caso de detectar alguna anomalía, te pongas en contacto con nosotros (Seccion Sindical EEM CGT).

No olvides tus derechos; Por un trabajo de calidad

Nota 55: Admisión de denuncia de CGT contra el ERE e irregularidades en su ejecución

Posted on Updated on

Admisión de denuncia de CGT contra el ERE e irregularidades en su ejecución

Agosto comenzó con la ejecución de los despidos del último ERE en Ericsson que se saldó con 137 bajas, de las cuales 57 fueron forzosas. Esto es, más del 40% de los afectados por esta decisión injustificada no se encontraban en la situación adecuada para abandonar la compañía.

Con la información que hemos obtenido a partir de los afectados hemos podido identificar:

  • Cerca del 30% de los despedidos forzosos son mayores de 50 años (no cumpliendo las condiciones para acogerse a prejubilaciones). Otro 30% es mayor de 40.
  • Cerca del 30% de los despedidos forzosos son mujeres.
  • Al menos 3 trabajadoras despedidas estaban con reducción de jornada.
  • 3 miembros de la RLT han abandonado la empresa voluntariamente (2 con prejubilaciones)
  • Más del 25% de los despedidos forzosos no pertenecían a los colectivosinicialmente afectados por el ERE.

Desde nuestro punto de vista la frialdad de estos datos muestra que la Dirección no ha tenido ningún criterio productivo u organizativo detrás de la identificación del personal despedido. También muestra claramente que el único objetivo es una reducción de plantilla enfocada a los colectivos que considera menos “competitivos” y buscando su reemplazo por personal subcontratado más barato. Hemos conocido casos donde se ha comunicado simultáneamente la salida obligada de algún compañero y la integración de varios consultores en el equipo de trabajo.

Por otra parte, estos resultados también muestran la inoperancia de la Comisión de Seguimiento del ERE, que no ha sido capaz de evitar estas situaciones. Solo CC.OO., ante la constancia de alguno de estos problemas y la ineficacia de esta comisión, solicitó una mediación en el SIMA. Por desgracia esta mediación terminó con un acuerdo renunciando a interponer el conflicto solo con el compromiso de la empresa de tratar el tema de los despedidos con reducción de jornada (a pesar de las últimas sentencias al respecto. Incluso en este acuerdo se abandonó la solicitud de información respecto a los despidos en colectivos inicialmente no afectados (CGT mostró su oposición en una declaración de parte anexa al acta de acuerdo.

Como os comentamos, CGT interpuso una demanda en la Audiencia Nacional contra el ERE que ha sido admitida a trámite y cuyo juicio se celebrará el próximo 12 de noviembre. Los firmantes del acuerdo ya han recibido las citaciones personales como denunciados, y los trabajadores afectados han sido requeridos a comunicar sus datos de contacto como afectados por la decisión judicial. Esperamos que en los tribunales todas las partes clarifiquen sus posiciones y los representantes firmantes del acuerdo no colaboren con la empresa en tratar de justificar lo injustificable y tratando de dar legalidad a un proceso repleto de irregularidades.

Por otra parte, como ya comunicamos, la reducción de 76 despidos en este ERE, posible consecuencia directa de nuestra demanda, no va ha evitar próximas reducciones de plantilla. Un colectivo al que la empresa omitió enviar la información acerca del periodo voluntario tiene en riesgo su puesto de trabajo. El 12 de julio Ericsson perdió un proyecto con ONO y el trabajo de estos compañeros terminó el 22 de septiembre. La Dirección ha indicado a los trabajadores afectados que esténen casa hasta nuevo aviso. Suponemos que estarán evaluando cómo actuar por causa del estado del ERE. Le empresa también ha indicado que unos 50 empleos podrian verse afectados por la perdida de un contrato con ENDESA.

Desde CGT, y con vuestra colaboración, estamos tratando de minimizar los impactos de las agresivas reducciones de plantilla que está aplicando Ericsson.

No permitas que destruyan tu futuro

NO al ERE