Nota 127: Comisión Paritaria de Jornada de EEM

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Desde que el 2007 se llegara a un acuerdo sobre trabajos fuera de jornada en EEM se acordó la creación de una Comisión Paritaria con la finalidad de “hacer un seguimiento de los contenidos del presente acuerdo con el objetivo de mejorar las condiciones en que se realizan este tipo de prestaciones”.

Está comisión se ha reunido varias veces desde su creación, aunque no con la regularidad necesaria, y se ha convertido más en un foro donde se tratan posibles abusos de este tipo de trabajos que en un foro orientado a la mejora continua como se acordó. Una de estas reuniones se celebró el pasado 23 de febrero.

Se informó a la Dirección que se habían detectado la utilización de becarios y personal contratado en prácticas para la realización de trabajos fuera de jornada. Se recordó a la Empresa que este personal debería estar a cargo de un tutor y su situación viene regulada por el convenio con las universidades y una legislación específica pero no deben hacer trabajos «habituales» de trabajadores fijos o eventuales. Por este motivo se solicita a la Empresa información para saber que convenios hay firmados, becarios, legislación de aplicación etc.

Se preguntó a la empresa por la actualización de los códigos de licencias en SAPque se debería haber realizado para las licencias reguladas en el Plan de Igualdad que todavía no se ha realizado. Se apuntó que la actualización de los códigos para las licencias generadas en el [acuerdo del bono de EEM](https://dl.dropboxusercontent.com/u/178057947/documentos/EEM Acuerdo cambio bono (24-12-2013).pdf) de 2013 (para tutorías y cuidados de hijos y dependientes) se han codificado de forma confusa. Desde CGT consideramos que esta falta de diligencia en la configuración del sistema de reportes solo dificulta el acceso de los trabajadores a el disfrute de sus derechos al crear confusión e indefinición.

En el FSS se han detectado problemas con la realización de trabajos fuera de jornada, concretamente en relación con trabajos inferiores a 4 horas en festivos. Se forzaron los reportes para que fueran de una duración inferior a 4h para evitar su compensación en tiempo de descanso y disminuir la compensación económica. Además no se les ha computado el tiempo de desplazamiento (cuando se les pide presencia en la oficina) como tiempo de trabajo, cosa que si se está haciendo en el resto de unidades de EEM. RRHH reconoce que su criterio es que en estos casos el tiempo de desplazamiento computa como tiempo de trabajo e indica que tratará el tema con el manager del FSS.

Por otra parte indicar que la Dirección del FSS, como consecuencia de esta reunión, ha comunicado el 2 de marzo que se va a proceder a regularizar los trabajos “mal reportados” el día 31/12/2014 pero sin considerar el tiempo de traslado a la oficina. Una decisión probablemente insuficiente pero que muestra la utilidad de estas mesas de trabajo.

También en el FSS se ha impuesto un calendario de servicios mínimos incluyendo días no laborables al margen del calendario laboral, sin negociación alguna y donde se omite el principio de voluntariedad, base de todo el sistema de trabajos fuera de jornada en EEM. Este calendario, en caso de ser necesario debería ser negociado, como se indica en el Convenio del Metal, al estar afectando a un colectivo mayor de 30 trabajadores.

Por otra parte se recuerda a la Dirección que todavía no ha actualizado la Directiva sobre Trabajos Fuera de Jornada en EEM que en su momento cambio de forma unilateral y cuyos cambios fueron anulados por sentencia del Tribunal Supremo del 12 de Junio del 2013. Así mismo se solicita la negociación de un nuevo acuerdo donde se retome un acuerdo sobre la definición del concepto de voluntariedad y se contemplen nuevas casuísticas que están afectando a los trabajadores.

 

El tiempo de trabajo es una condición básica.

No dejes que te cambien las reglas

 

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