Estoy de baja y llega el periodo vacacional ¿pierdo mis días de vacaciones?

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Según el art. 38 ET, si el periodo de vacaciones coincide con una baja médica, incluso aunque que suceda iniciadas ya las vacaciones, el trabajador tiene derecho a recuperar esos días de libranza que no se han podido disfrutar una vez acabada la baja.

Para poder recuperar esos días no pueden haber pasado más de 18 meses desde el final del año al que correspondieran las vacaciones.

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