Conciliación personal, familiar y laboral
El Real Decreto-ley 6/2019, publicado en el BOE el 7 de marzo, sobre “medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, añade nuevos derechos en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Modifica el artículo 34 (apartado 8) del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo la posibilidad de adaptar la duración y distribución de la jornada laboral, incluyendo la prestación del trabajo a distancia. Todos los trabajadores con necesidad de conciliar la vida laboral y familiar tienen derecho a esta adaptación, siempre que sea razonable y proporcionada a las necesidades organizativas o productivas de la empresa. No hay ningún otro requisito.
Desde CGT te animamos a que, si lo necesitas, ejerzas este nuevo derecho complementario al de reducción de jornada.