Nota 126: Anuladas las elecciones sindicales en ENI Fuenlabrada
El pasado 19 de Febrero se celebraron elecciones sindicales en el centro de trabajo de ENI en Fuenlabrada a un Comité de Empresa de 13 representantes. Durante todo el proceso electoral se produjeron numerosas irregularidades a consecuencia de las cuales la candidatura de CGT fue rechazada y no tuvimos siquiera opción a presentarnos.
Nuestra impresión es que no se ha prestado la debida atención a algo tan importante como unas elecciones a la Representación Legal de los Trabajadores, viviéndose por algunos actores como un trámite engorroso o con miedo por la aparición de nuevas opciones sindicales.
Desde CGT impugnamos el proceso electoral por tres causas diferentes: irregularidades en los censos definitivos, irregularidades en la composición de la Mesa Electoral y rechazo de la candidatura de CGT por parte de la Mesa Electoral.
Cuando se publicó el censo provisional, desde CGT echamos en falta en el mismo a compañeros que habían sido despedidos y que habían denunciado su despido, estando pendientes de la resolución de su denuncia. Según la ley, los trabajadores en esta situación tienen derecho a participar en las elecciones sindicales, por lo que hicimos la reclamación a la Mesa Electoral para que estudiara los posibles casos y los incluyera en el censo definitivo pero nuestras alegaciones fuerondesestimadas.
En este punto conviene hacer notar que el presidente de la Mesa Electoral formaba parte de la candidatura de CCOO, lo cual está expresamente prohibido según el artículo 73.4 del Estatuto de los Trabajadores, y que al negarse a renunciar a sus funciones de presidente en favor del suplente, tal y como estipula la ley, se convirtió en juez y parte interesada de la reclamación de CGT, que fue desestimada sin más.
Por este motivo nos vimos obligados a interponer una impugnación por irregularidades en el censo definitivo, otra por la constitución irregular de la Mesa ya mencionada, y una tercera por la decisión, a nuestro juicio de forma injusta e interesada, de rechazar la candidatura de CGT. Se ha dictado ya laudo arbitral respecto a la primera impugnación que nos da la razón. Este laudo estima que los empleados de ENI Fuenlabrada despedidos que han denunciado su despido y están pendientes de la resolución de la denuncia deben aparecer en el censo definitivo.
En el arbitraje se argumenta que hasta tanto no se resuelva la impugnación del despido, la relación laboral queda pendiente de esa resolución. Mientras tanto se está en una suspensión de derechos y obligaciones recíprocas que se contienen en el contrato de trabajo (básicamente trabajar y ser remunerado por ello) pero quedan subsistentes los demás derechos y deberes como el derecho a participar en las elecciones sindicales. Por tanto deberían formar parte del censo electoral.
La disposición arbitral estima que el censo definitivo estaba mal elaborado y por tanto el proceso electoral queda anulado y se retrotrae al momento de la proclamación del censo definitivo.
Habrá nuevas elecciones sindicales en ENI Fuenlabrada y, esta vez, esperamos que el proceso sea limpio.