Exclusividad

Demanda Cláusula de Exclusividad

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Muchos trabajadores de Ericsson tienen en su contrato de trabajo una cláusula que indica que un porcentaje del salario bruto anual se abona en concepto de exclusividad. Así, el empleado se compromete a una plena dedicación a cambio de esa contraprestación económica (típicamente un 10%). Para la mayoría de los trabajadores, que tienen sueldos por encima del convenio, este plus queda absorbido en el salario. Sin embargo, algunos compañeros con sueldo fijado al mínimo por convenio no estaban recibiendo esta cantidad.

Tras varias peticiones por parte de CGT para que se realice el pago de dicho concepto, la Empresa ha seguido denegándolo por lo que no nos ha quedado otro camino que interponer demandas individuales de reclamación de cantidad. La empresa se ha avenido a alcanzar un acuerdo, y no sólo ha pagado las cantidades debidas, sino que ha ajustado el sueldo al valor que correspondía.

Este hecho pone de manifiesto los continuos incumplimientos de la Empresa y su negativa a negociar fuera del ámbito judicial.

Demanda por cláusula de exclusividad

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Muchos trabajadores de Ericsson tenemos una cláusula contractual  que indica que un porcentaje del salario bruto anual se abona en concepto de exclusividad. El empleado se compromete a una plena dedicación a cambio de esa contraprestación económica (típicamente un 10%), que debe constar de forma individualizada en nómina.

La Empresa ha rechazado todas las peticiones de CGT para que se abone dicho concepto, siendo imposible llegar a un acuerdo. Debido a la naturaleza del complemento, la demanda debe realizarse de forma individual a solicitud del trabajador. A través del servicio jurídico de CGT, estamos interponiendo demandas de reclamación de cantidades para los casos en los que dicho complemento no se está aplicando. Para más información, consúltanos o mándanos un email.