ENI

Nota 64: Sentencia sobre el ERE en EEM y ENI

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Sentencia sobre el ERE en EEM y ENI

Como ya os comentamos CGT interpuso una demanda en la Audiencia Nacional. En el juicio celebrado el pasado 12 de noviembre, CGT cuestionó en solitario el ERE ante la dirección y el resto de los sindicatos firmantes del acuerdo. Fue muy triste ver cómo representantes sindicales, específicamente de la Federación de Industria de CC.OO., declaraban como testigos de la empresa para justificar los despidos de sus compañeros. Y cómo utilizaban sus servicios jurídicos para tratar de justificar la legalidad del procedimiento, la existencia de las causas esgrimidas y la perfección en su ejecución.

La semana pasada la Audiencia Nacional comunicó su fallo declarando el ERE ajustado a derecho. Indicó entre otras cosas que CGT ha tenido mala fe por no firmar el acuerdo, habiendo firmado el pre-acuerdo.

La desestimación de la nulidad (con una justificación bastante discutible) hace que nuestros compañeros sigan, a todos los efectos, despedidos.

La sentencia reconoce que se dan varias de las causas que se alegaron por CGT para la nulidad del expediente, interpretando que no son causas suficientes para esta misma nulidad. Otras de las causas que niega son interpretaciones erróneas e incluso contrarias a las reconocidas en las pruebas (ej. la falta de Optimi que se indicó repetidamente, el acuerdo de representación que menciona que no está en vigor, etc). También indica la mala fe de CGT por “no subscribir el acuerdo, que reproducía básicamente el preacuerdo aprobado por dicho sindicato” olvidando las importantes diferencias entre ambos. También la sentencia utiliza en su argumentación fragmentos de nuestras comunicaciones sacadas de contexto.

Otra de las consecuencias va a ser que las causas, ya asumidas por la firma del resto de los sindicatos, permanecen como aceptadas. Como indica Expansión “La Audiencia Nacional ha avalado el primer ERE de una empresa que no está en pérdidas. … acepta las reivindicaciones de la empresa, que esgrimía que su situación económica no es buena ya que los beneficios que obtiene en Españaobedecen a transferencias “artificiosas” pero legales de su matriz de equipos y productos más baratos que el precio de mercado. Este criterio supone una interpretación novedosa de la causa económica de un ERE que la reforma laboral no prevé.

Una primera valoración de la sentencia nos aconseja el interponer un recurso de casación al Tribunal Supremo. Consideramos que las pruebas aportadas en el juicio pueden demostrar que las justificaciones del fallo de la Audiencia Nacional son erróneas.

Por otra parte este reconocimiento legal fortalece la posición de la dirección y de los sindicatos firmantes como anunciábamos ante futuras reducciones de plantilla (el nuevo ERE de ENI está en curso) y cambios de condiciones de trabajo (el periodo formal para la reducción del bono en EEM comienza el próximo lunes).

Desde CGT, aunque sea en solitario, seguiremos utilizando todos los recursos a nuestro alcance para evitar y en su caso minimizar las consecuencias que estas decisiones de Ericsson tengan para los afectados y para la totalidad de la plantilla.

No permitas que destruyan tu futuro

NO a los EREs

Nota 62: Nuevo ERE en ENI

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Nuevo ERE en ENI

Como ya veníamos anunciando, la empresa ha iniciado el procedimiento legal de consultas para un nuevo ERE, que esta vez afecta a los trabajadores de ENI que prestan sus servicios en el proyecto de CABLEUROPA, SAU (relacionado con ONO en Barcelona) y en otro proyecto con ENDESA.

Este proceso se inició con una maniobra de la dirección que, tras terminar el contrato con CABLEUROPA, SAU el pasado 22 de septiembre, mandó a casa hasta nuevo aviso a los trabajadores afectados. Algunos compañeros tuvieron ofertas de INDRA para continuar prestando sus servicios y la Dirección propuso a la R.L.T. la firma de un acuerdo permitiendo estos despidos individuales.

A continuación vamos a relatar los pasos que se han seguido a consecuencia de la pérdida del contrato de ONO en Barcelona.

En un correo que nos envío una de las personas afectadas (10 de octubre), se decía lo siguiente:

“Hola

Creo que ayer os llegó desde la empresa una petición para que confirmarais que estabais de acuerdo en realizar dos despidos objetivos del contrato de ONO. Digo «creo», porque desde la empresa aun no he obtenido respuesta alguna, aunque ayer me llegó el rumor de que habían aceptado mi petición. Aun no logro entender por qué la empresa no me comunica a mi directamente que han aceptado mi petición, pero después de tantos años no creo que ahora quieran cambiar su manera de funcionar.

Hoy me ha comunicado la empresa ganadora del proyecto (INDRA) que ya se ha cansado de esperarnos y han contratado a personal para que empiece el lunes a trabajar en el puesto que me estaban guardando.

Supongo que ya sabéis el historial del proyecto de ONO (cableuropa), sólo me gustaría informaros de la nula información que nos ha proporcionado nuestro manager y recursos humanos. Correos sin responder, llamadas de teléfono sin responder, llamadas de teléfono que se responden diciendo «ya te llamaremos» y nunca obtener respuesta, etc, etc.

Por culpa de todo eso, he perdido la oportunidad de seguir desempeñando mi trabajo, aunque sea en otra empresa. Creo que era una opción buena para todos, porque la empresa se ahorraba 3 o 4 meses de mi sueldo y al final me van a acabar incluyendo en el nuevo ERE igualmente, todos lo sabemos.

Pongo en copia a todos mis antiguos compañeros del proyecto de ONO, que aunque a algunos no les incumba directamente, creo que merecen tener aunque sea una mínima información.

Un saludo”

La empresa nos envió un e-mail el 15 de octubre incluyendo un acuerdo para que reconociésemos los despidos objetivos de estas personas y así poderles despedir con una indemnización igual a la del último ERE y se marchasen a trabajar a la nueva empresa contratada.

Como CGT en estos momentos está inmersa en un juicio contra el último ERE, tuvimos que ponernos en contacto con el abogado que lleva el caso para saber si se podía firmar este acuerdo con la empresa y él nos contestó lo siguiente:

“Estimados todos:

La firma de esta acta puede comprometer la posición en el juicio, puesto que estamos admitiendo la existencia de causas objetivas de despido en Ericsson y las condiciones del ERE.

Lo que yo propondría es contestar a la empresa lo siguiente:

«La Sección Sindical de CGT no tiene por qué dar el visto bueno a despidos individuales de trabajadores, puesto que dicho requisito no se encuentra reflejado en ninguna norma legal ni convencional de aplicación.

De acuerdo a lo anterior entendemos que las condiciones a aplicar en un despido de carácter individual, si son admitidas por los concretos trabajadores despedidos y, aunque estemos en contra de la destrucción de empleo, no competen más que a los mismos trabajadores.»

Y así tal cual, se lo mandamos a la empresa. La cual todavía a fecha de hoy no ha contestado.

Trasmitimos esta información a los afectados que nos indicaron cómo habían vivido la experiencia por e-mail el 17 de octubre:

“Yo soy una de las personas a las que ya no le interesa el despido. Os cuento un poco el historial, resumiendo:

1- Ericsson pierde el contrato y lo gana INDRA.

2- INDRA entrevista a las 10 personas y decide quedarse con 5, yo era uno de ellos.

3- Nos comprometemos con INDRA a empezar a trabajar allí el día 23 de septiembre.

4- Pensando que Ericsson nos iba a despedir, no pedimos la baja voluntaria.

5- El viernes 20 de septiembre, Ericsson no nos despide y nos dice lo del permiso retribuido en casa.

6- Los 5, nos ponemos en contacto con INDRA para decirle que vamos a negociar con la empresa un despido pactado y que tendremos q retrasar unos días la incorporación a la empresa nueva.

7- Como Ericsson ha tardado casi un mes en dar señales de vida (no responder a mails ni llamadas o dar largas), INDRA se ha cansado y ha decidido prescindir de 2 de esas 5 personas.

8- XXXX y yo somos esas dos personas a las que INDRA ya no espera y las otras 3 personas son las que quieren seguir adelante con el proceso de despido pactado con Ericsson (para poder incorporarse a INDRA lo antes posible).

Espero que con este resumen se entienda mejor mi caso y el de mis compañeros.

Un saludo y gracias a todos”

Resumiendo, la nueva empresa adjudicataria de los contratos decidió prescindir de los servicios de estas 2 personas antes de que nosotros tuviésemos algún comunicado por parte de Ericsson.

Al final la cosa ha quedado en que a las otras 3 personas que tienen la posibilidad de marchar a la otra empresa, se les ha concedido una excedencia para que se puedan ir a trabajar a INDRA. Serán incluidos en el nuevo ERE de ENI y tratados como el resto de compañeros que estén dentro del mismo. Cobrarían la misma indemnización por despido y si no se incluyesen podrían tener la posibilidad de volver a un puesto de trabajo dentro de la compañía Ericsson. Desde CGT les vamos a prestar el asesoramiento que sea preciso para garantizar que esto sea así.

Es necesario incidir en que estos compañeros han llevado directamente la negociación con la empresa (concretamente con RRHH) y que desde CGT solo les hemos transmitido la información de la que disponíamos. Eso sí, información aportada a la mayor brevedad posible y con nuestra asesoría legal.

Por otra parte quisiéramos felicitar a la empresa por el interés que han mostrado en darle una solución a este problema, a pesar de que la dilatación en el tiempo pudiese haber causado la no incorporación de estos dos compañeros a INDRA.

Como se puede comprobar por las fechas de los e-mails emitidos, CGT no ha tenido nada que ver ni para lo bueno (las excedencias) ni para lo malo (no contar con estos dos compañeros en INDRA ) puesto que a estos dos compañeros se les había comunicado que INDRA ya no contaba con ellos antes de que nosotros supiésemos nada. Y tampoco nos vamos a poner medallas porque se les haya dado la excedencia a los otros 3 afectados, cuando realmente han sido ellos mismos los que han negociado directamente con la empresa.

Por otro lado, en su día ya aclaramos las posibles consecuencias de la impugnación del ERE de julio. Como sabéis, el juicio se celebra el 12 de noviembre. Al igual que entonces, ahora nos toca aclarar de nuevo que cualquier insinuación sobre que CGT habría evitado la salida voluntaria de compañeros que deseaban pasar a INDRA es sencillamente falsa. Creemos que esta nueva falsedad ha quedado ya suficientemente refutada en esta nota y que puede verificarse simplemente contactando con los afectados. En este sentido CGT tiene claro qué tipo de sindicalismo debe desarrollar, descartando el plegarse a los caprichos empresariales y no participando nunca en la destrucción de empleo ni en la pérdida de derechos laborales.

El pasado viernes 8 de noviembre se inició el periodo de consultas sobre el nuevo ERE en ENI. Los representantes de CGT que se personaron en la reuniónfueron expulsados por los presentes (la Dirección y otras fuerzas sindicales) en su deseo de no tener nadie que pueda hacer visible cómo se deshacen de un nuevo grupo de compañeros.

CGT utilizará todos los recursos legales a nuestro alcance para participar en el proceso negociador y en su caso minimizar las consecuencias que este nuevo ERE pueda tener para los afectados y para la totalidad de la plantilla de Ericsson.

No permitas que destruyan tu futuro

NO a los EREs

Nota 50: Inminente ejecución de despidos del ERE

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Inminente ejecución de despidos del ERE

Como ya os comunicamos el periodo de adscripción voluntario terminó el pasado el 12 de julio. La dirección ha constituido con los sindicatos firmantes del acuerdo la Comisión de Seguimiento donde pensaba facilitar “información sobre los empleados que han solicitado la adscripción voluntaria, aceptaciones y posibles vetos, etc.”.

Desde CGT y desde el Comité de Empresa de Milenium donde somos mayoría hemos reclamado participar en dicha comisión de seguimiento a la que nos están tratando de bloquear el acceso. Ante la negativa de la empresa hemos presentado ayer una nueva denuncia ante Inspección de Trabajo.

No sabemos qué información se ha facilitado en dicha reunión, pero ya hemos podido comprobar que la empresa no ha facilitado en absoluto el proceso de voluntariedad no enviando la comunicación sobre el plazo voluntario a ciertos colectivos de trabajadores y no haciendo ningún esfuerzo en las rotaciones que ella misma considera necesarias para aceptar los voluntarios fuera de las unidades afectadas. De todas formas trataremos de utilizar la información que nos habéis aportado para facilitar las rotaciones y minimizar los vetos y los despidos no voluntarios.

Nos consta que la dirección ha comenzado a comunicar a los voluntarios cuya baja ha sido aceptada que estimamos alrededor de los 80 que han sido admitidos y parece que la Dirección ha optado por vetar a más de 20 trabajadores voluntarios la mayoría por no pertenecer a las unidades afectadas. Por tanto nos enfrentamos a despidos obligatorios de unos 130 trabajadores si se mantienen las cifras iniciales.

Tenemos fundadas razones para pensar que la Dirección va ha comenzar la ejecución de los despidos de forma inminente y creemos que es necesario que tengáis la información precisa para saber como actuar ante una posible comunicación empresarial al respecto.

Por desgracia esta práctica ya se está haciendo habitual, en el caso de que esta vez seáis víctimas del ERE decidido por la empresa o también en el caso de que hayáis solicitado la desvinculación voluntaria, no dudéis en pedir ayuda a vuestros representantes legales ante la Empresa.

«El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.» (Art 49.2 ET)

Os facilitamos los nombres y teléfonos de los compañeros de la Sección Sindical de CGT a quienes podéis acudir en primera instancia:

  • Edificio Milenium: Juan Antonio Sánchez – 606 986 515
  • Edificio Torre Suecia: Cristina Fernandez – 638 027 290
  • Fuenlabrada: Luis Gil – 609 045 713

También podéis acceder mediante correo electrónico a la Sección Sindical EEM CGT.

Por otra parte creemos que esta información puede resultaros útil de cara a:

  1. Firma del recibí de la carta de comunicación y verificar que la comunicación cumple los requisitos detallados en Art. 52 y 53 del ET para despidos por causas objetivas.
  2. No firmar el finiquito: Recibir una copia y solo firmarlo después de su verificación detallada.
  3. Si se presenta algún acuerdo particular aceptando el despido, no firmarlo, pedir una copia y consultar jurídicamente antes de aceptarlo.
  4. Herramienta para el cálculo del finiquito a esto habría que añadir el bono y posiblemente otros conceptos como trabajos fuera de jornada, etc. Esta herramienta no sirve para el cálculo de las indemnizaciones que se debe ajustar a lo específicamente pactado en el ERE (modelo de CGT para el cálculo de las indemnizaciones).
  5. Para calcular el paro que se percibirá existe esta herramienta.

Por otra parte el ERE restringe las unidades y departamentos donde se pueden ejecutar despidos obligatorios a las siguientes. Es importante que os dirijáis inmediatamente a nosotros en el caso de que no seáis voluntarios y no pertenezcáis a estas organizaciones:

  • EEM: Milenium (Competence Domain, ITBO, Other Operations y RRHH), Torre Suecia (Competence Domain, ITBO, Other Operations FSO¬LD y RRHH), Sevilla (ITBO) y Valencia (Competence Domain).
  • ENI: FSO & LD (Fuenlabrada, Sevilla, Valencia, Cataluña, Euskadi, Canarias, Galicia), Supply (Fuenlabrada) y Other Operations (Fuenlabrada y Sevilla).

En otro orden de cosas este jueves 25 de julio hemos vuelto a estar en Inspección de Trabajo donde se ha vuelto a requerir a la empresa nueva información de los  despidos que se realizaron durante el 2012 y que denunciamos como un ERE encubierto. También nos han comentado que la Inspectora encargada del ERE ya ha emitido informe y que nos va ha llamar a una nueva reunión.

CGT va ha continuar haciendo un seguimiento exhaustivo de este ERE que nunca estuvo justificado que ya se está mostrando incapaz de resolverse de una forma poco traumática para la mayoría de los afectados.

Nota 43: Firma del acuerdo/No acuerdo del ERE de Ericsson (EEM y ENI)

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Firma del acuerdo/No acuerdo del ERE de Ericsson (EEM y ENI)

Ayer y hoy hemos recibido varios correos contradictorios de los diferentes sindicatos sobre la evolución de la última reunión con la empresa sobre el Expediente de Regulación de Empleo para Ericsson en España (EEM y ENI). Vamos a tratar de aclarar un poco lo acontecido:

  1. El 19 de junio se alcanzó un principio de acuerdo por 52 representantes de los 95 trabajadores integrantes de la mesa de negociación pertenecientes a todas las fuerzas sindicales de Ericsson, sujeto a la redacción definitiva y refrendo de los trabajadores de EEM y ENI. Este texto contemplaba voluntariedad.
  2. El 24 de junio se suscribió la redacción del acuerdo definitivo que fue firmado por solo 9 representantes. En ese momento los representantes de STC y CGT ya habíamos abandonado la reunión. CGT manifestó su disconformidad con la redacción del acuerdo principalmente por no ser voluntario.
  3. Ayer se procedió a completar la firma del acuerdo definitivo del ERE hasta alcanzar un total de 51 firmas (muchas de ellas por poderes), CGT no firmó. De este acuerdo definitivo sobre el ERE aún no tenemos copia.
  4. Al no refrendarse el acuerdo por la mayoría de la Parte Social se procedió a firmar un acta de desacuerdo por 27 representantes presentes en la reunión (y solo 1 por poderes). En ese momento los compañeros de STC ya habían abandonado la reunión.
  5. Todas las firmas anteriores fueron realizadas ante notario. Posteriormente, por la tarde, fuera del ámbito de la reunión mantenida, STC firmó un acta interna de ratificación del acuerdo original que se entregó a la empresa.
  6. La Dirección acaba de comunicarnos que “Con esta adhesión, la empresa considera que el periodo de consultas finaliza con acuerdo”.

Desde CGT consideramos que tanto los representantes que han suscrito el acuerdo como los que no lo hemos hecho, todos hemos actuado en función de nuestros análisis del escenario tratando de conseguir lo mejor para todos los trabajadores que representamos. Creemos que la inestabilidad de las posiciones y la contradicción de muchos de los mensajes emitidos corresponden a la dificultad y relevancia de la decisión que la Dirección de la Empresa nos ha obligado a tomar.

También queremos compartir con vosotros algunas reflexiones:

  • Creemos que el resultado obtenido se corresponde con la opinión de la plantilla, tal y como hemos obtenido de nuestra encuesta. En ella se muestra una clara división entre los que firmaríais o no el acuerdo sin alcanzar ninguna de las opciones la mayoría (como exigiría la Ley).

resultado encuesta ere

  • CGT considera que las consultas realizadas a la plantilla para legitimar la firma no han cumplido los requisitos mínimos necesarios para tal decisión.
  • CGT duda que el acuerdo alcanzado tenga validez legal.
  • CGT no ha subscrito el acuerdo por las razones expuestas en anteriores comunicados y como única vía para poder garantizar la defensa ante los tribunales de los trabajadores despedidos como consecuencia de este ERE injustificado y de los cambios en las condiciones de trabajo y despidos que son previsibles a corto plazo con base en este acuerdo.
  • Las condiciones en caso de acuerdo o no acuerdo serían exactamente las mismas. En el acta de desacuerdo se indica textualmente: “la Empresa manifiesta que a todos aquellos trabajadores que se vean afectados por las medidas extintivas del presente procedimiento de despido colectivo, y que voluntariamente quieran adherirse a las condiciones del preacuerdo de fecha 18 de junio de 2013 con la redacción definitiva dada en fecha 24 de junio de 2013, podrán adherirse al indicado preacuerdo y a las medidas en el contempladas, de forma voluntaria, siempre y cuando manifiesten expresamente dicha voluntad a la empresa para lo que deberán firmar el correspondiente documento de adhesión voluntaria a las medidas del indicado preacuerdo”.
  • La Empresa comenzó el periodo voluntario, por lo que el criterio de voluntariedad sigue casi en los mismos términos (bajo el control absoluto de la Dirección) que indicaba el acuerdo.
  • Por último, adjuntamos un fichero Excel que implementa el modelo para calcular las condiciones económicas de este ERE.

Parece ser que el argumento del miedo esta vez no ha primado en la decisiónde los trabajadores y sus representantes, y que la difícil decisión que tomamos en CGT se está mostrando como la más adecuada en este momento. Desde CGT seguiremos actuando conjuntamente con todos vosotros para conseguir parar o minimizar en lo posible el impacto de estas medidas empresariales en la plantilla por medio de la movilización y la denuncia para la que contamos con vuestro compromiso.

No permitas que destruyan tu futuro

NO al ERE

Nota 40: Novena reunión de negociación del periodo de consultas del ERE (Plan de Eficiencia) en EEM y ENI PROPUESTAS

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Novena reunión de negociación del periodo de consultas del ERE (Plan de Eficiencia) en EEM y ENI PROPUESTAS

Hola a tod@s

Hoy ha tenido lugar la novena reunión de negociación celebrada para la negociación del ERE en Ericsson con un principio de acuerdo por parte de todas las fuerzas sindicales de Ericsson vinculado a la redacción definitiva del ACUERDO y a suratificación por parte de los trabajadores de EEM y ENI.

Al cierre de la reunión de hoy la oferta de la Dirección de la Empresa es la siguiente:

Resumen de las condiciones ofertadas por la Dirección

  • Ámbito de aplicación: EEM y ENI.
  • Ámbito temporal: 1 año ejecución del presente ERE, termina junio de 2014. Vigencia de 18 meses con estas mismas condiciones para despidos individuales u otro ERE.
  • Afectados: 213 (27 menos en ENI debido a los recientes contratos de LTE y 10 menos en EEM por rotaciones internas). 115 empleados en ENI y 98 empleados en EEM.
  • Voluntariedad: Con veto empresarial fundamentado en personas, organizaciones y costes. El resto, obligados y designados por la compañía. Podría apuntarse personal de unidades no afectadas por los despidos.
  • Indemnización: 45 días por año trabajado con tope de 42 mensualidadestomando como tiempo de servicio el transcurrido hasta el 11 de febrero de 2012 inclusive y ésta será la indemnización a que tenga derecho siempre que rebase el nuevo tope de 24 mensualidades; si no lo rebasa, se le añadirá la cantidad que resulte de aplicar el nuevo módulo de 45 días/año al tiempo transcurrido a partir del 12 de febrero de 2012, pero sin que el total de esta suma pueda rebasar el nuevo tope.
    • Lineal de 900€ por año de antigüedad. Esta indemnización adicional no está sujeta al tope referenciado anteriormente.
    • 3.000€ “plus de voluntariedad”.
    • Máximo 400.000€
  • Planes de Rentas: Elegibilidad: empleados entre 48 y 52 años cumplidos en 2013 y una antigüedad de 17 años en la compañía. Vigencia hasta los 63 años.
    • Pago de una renta mensual desde 1.145€ para empleados con 48 añoshasta 1.550€ para empleados con 52 años. Revalorización del 2% anual.
    • La compañía financiará las cuotas del trabajador del Convenio Especial con la Seguridad Social según la cotización que correspondan a la renta percibida.
  • Prejubilaciones: Elegibilidad: empleados con 53 años o más cumplidos en 2013 y una antigüedad de 17 años en la compañía.
    • Pago de una renta anual equivalente al 85% del salario fijo neto del empleado hasta los 64 años. Para empleados de 53 y 54 años renta máxima considerada para el cálculo salario del regulador de 60.000€ brutos anuales. Para empleados de 55 años o mas renta máxima considerada para el cálculo del salario regulador 75.000€ brutos anuales. Renta equivalente al 85% del salario regulador neto del empleado hasta los 65 años para aquellos empleados que hayan cumplido 65 años a fecha 31 de diciembre de 2013. Revalorización del 2% anual.
    • La compañía financiará las cuotas del trabajador al Convenio Especial con laSeguridad Social de acuerdo a las cotizaciones en el momento de la desvinculación.
  • Plan de ayuda a la Recolocación (Outplacement): 1 año.
  • Ayuda a la Formación: Hasta 50% de la matrícula con tope de 1.500€ para formación reglada (títulos oficiales).
  • Empleados vetados: Si son despedidos en un plazo de 2 años se les indemnizarían con lo que se pacte en este ERE. La Dirección se reserva el veto a empleados con competencias clave o “Key Contributors”. Veto sin necesidad de justificación, si lo considera la Empresa, para empleados que soliciten el Plan de Rentas. Veto sin necesidad de justificación, si lo considera la Empresa, para empleados de 53 y 54 años. No hay veto para empleados mayores de 55 años, excepto los “Key Contributors”.
  • Colectivos Protegidos: Embarazadas y trabajadores con permisos de maternidad/paternidad. Trabajadores con discapacidad superior al 33%.Ninguna más del resto de garantías propuestas.
  • Excedencias: Con retorno: NO. Para emprendedores: NO.
  • Control de Empleo: Comisión Paritaria sólo a nivel informativo, sin capacidad ejecutiva.
  • Competencias: Comisión Paritaria sólo a nivel informativo, sin capacidad de control de planes de rotaciones internas y externas.
  • Ayuda a emprendedores: 2.000€ para aquellos que inicien una actividad laboral por cuenta propia o incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales.
  • Periodo voluntario: 15 días.
  • Bono de EEM: Se saca de la negociación del ERE, se negociará en una mesa de negociación aparte. Si hay acuerdo serían 10 despidos menos en EEM.

Plazos: Inicio previsto de las salidas 5 de julio hasta 19 de junio de 2014.Valoración de CGT y STC

Consideramos que es necesario que los trabajadores valoréis esta oferta ya que en breve plazo procederemos a la redacción definitiva del ACUERDO y a someterlo a un refrendo vinculante por los trabajadores.

Próximamente os informaremos más en detalle de la propuesta y esperamos resolver cuantas dudas se os planteen.

Junt@s en la defensa de nuestros derechos