Nota 72: Puerta abierta al retorno de los despedidos en el ERE

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Puerta abierta al retorno de los despedidos en el ERE

Como ya os comentamos CGT interpuso una demanda en la Audiencia Nacional. Tras el juicio celebrado el pasado 12 de noviembre, la Audiencia Nacional comunicó su fallo. Desestimó nuestra demanda declarando el ERE ajustado a derecho.Tras una valoración preliminar, anunciamos la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Esta decisión de interponer recurso estaba basada en que la sentencia reconoce que se dan varias de las causas que se alegaron por CGT para la nulidad del expediente, aunque interpretando que no son causas suficientes para dicha nulidad. Otras de las causas que la mencionada sentencia niega son a nuestro juicio interpretaciones erróneas e incluso contrarias a las reconocidas en las pruebas (ej. la ausencia de OPTIMI que se indicó repetidamente, el acuerdo de representación que menciona que no está en vigor, etc.).

Sin embargo, en la sentencia, la Audiencia Nacional establece, en su FUNDAMENTO JURÍDICO TERCERO que el Expediente de Regulación de Empleose negoció con una comisión mal constituida, puesto que:

“si el grupo lo era a efectos laborales los interlocutores del periodo de consultas deben ser los representantes de todas las empresas del grupo”

Por tanto, deja sentenciado que en la negociación del ERE faltaban los representantes de OPTIMI, tercera empresa del grupo. La sentencia únicamente no declara la nulidad de ERE porque la CGT, el único sindicato que reclamó la nulidad de los despidos, firmó el acta de constitución de la comisión negociadora, aunque posteriormente reclamara la presencia de los representantes de OPTIMI. Y la sentencia considera que quien aceptó la constitución de la comisión negociadora no puede demandar por ese motivo.

No estamos de acuerdo con esta última afirmación, pues sostenemos que el ERE debió ser declarado nulo, puesto que este sindicato formalizó protestas por esta cuestión durante todo el periodo de consultas. Además, si no hubiéramos firmado el Acta de Constitución de la Mesa, nos hubieran acusado de mala fe.

En cualquier caso, dado que la Audiencia sentencia que el ERE se negoció con una comisión mal constituida, entendemos que lo que ahora beneficia más a los trabajadores es el desistimiento de cualquier recurso contra la sentencia. De esta manera, no habiendo la empresa recurrido, la declaración de constitución incorrecta de la comisión negociadora deviene firme. Los afectados de forma individual no han podido actuar. Por tanto no puede ser aducida contra ellos la misma justificación que se nos hizo a CGT.

Este elemento de nulidad puede ser utilizado tanto por los despedidos forzosos que han interpuesto demanda (ampliando la misma antes de que se celebre su juicio) como los que la interpongan ahora (incluyendo este argumento cuando la presenten, después de que reciban notificación de la firmeza de la sentencia de la Audiencia Nacional).

Por todo esto, instamos a todos los afectados a utilizar este argumento en sus demandas contra sus despidos, ya que pensamos que tienen muchas probabilidades de prosperar.

Las consecuencias del reconocimiento de dicha nulidad serían:

  1. Reingreso en Ericsson.
  2. Percepción de todos los salarios dejados de percibir entre la fecha de cese y el reingreso.
  3. Cotizaciones a la Seguridad Social relativas a los salarios dejados de percibir.
  4. Cómputo a todos los efectos de la antigüedad durante dicho periodo (por ejemplo incrementaría la indemnización de un futuro despido).
  5. Cómputo a todos los efectos como días trabajados de dicho periodo (por ejemplo en relación con los días de vacaciones).
  6. Devolución de las indemnizaciones percibidas. Implicando la reducción impositiva por las retenciones de indemnizaciones por encima de los 45 días.
  7. Devolución a la Seguridad Social de las prestaciones del paro percibidas. Con la consiguiente restauración del derecho a la percepción completa del mismo.

Pensamos que en la práctica totalidad de los casos, salvo que el afectado haya accedido a un empleo adecuado durante este tiempo, la reincorporación a la compañía puede resultar tanto laboral como económicamente beneficiosa. Este beneficio económico sería aún más claro en el caso de antigüedades pequeñas o de que se alargase por medio de recursos el procedimiento judicial.

Desde el momento en que tomamos la decisión de desistir del recurso hemos estado tratando de conseguir los contactos de los trabajadores afectados de estos despidos forzosos, para poder enviarles esta información. No obstante no hemos podido conseguir los correos electrónicos de todos, por lo que si conocéis algún afectado que no lo haya recibido una comunicación específica indicadle que se ponga en contacto con nosotros para poder proporcionarle dicha información. También les hemos ofrecido los servicios jurídicos con los que cuenta CGT en toda España.

Creemos que esta decisión puede permitir el retorno de los compañeros injustamente despedidos evitando cualquier efecto fiscal sobre las indemnizaciones de los compañeros que cesaron voluntariamente. Los resultados de la oposición de CGT a este ERE demuestran que la defensa del empleo puede dar buenos resultados. Esperamos que esto se haga evidente cuando estos compañeros comiencen a aparecer de nuevo por sus centros de trabajo. También damos un mensaje claro a la Dirección de la Empresa, al resto de las fuerzas sindicales y a todos los trabajadores: la lucha contra la arbitrariedad empresarial puede dar resultados.

En CGT, aunque sea en solitario, seguiremos utilizando (como en esta ocasión) todos los recursos a nuestro alcance para evitar y en su caso minimizar las consecuencias personales que este tipo de decisiones de Ericsson tienen sobre los empleados.

No permitas que destruyan tu futuro

NO a los EREs

Nota 71: Elecciones a Comité de Empresa en EEM en Fuenlabrada. Únete a nuestro proyecto

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Elecciones a Comité de Empresa en EEM en Fuenlabrada. Únete a nuestro proyecto

Como sabrás, se ha iniciado el proceso para celebrar elecciones sindicales con objeto de formar un Comité de Empresa de Ericsson España S.A. en el centro de trabajo de Fuenlabrada. Desde CGT nos ponemos en contacto contigo para que nos conozcas y tengas la oportunidad de unirte a nuestro proyecto.

¿Qué es CGT?

Es un sindicato de clase, autónomo y autogestionario, con implantación en todo el territorio nacional y en todos los sectores productivos de este país. Gracias a esta amplia implantación podemos disponer de un potente equipo de profesionalesbien conocidos entre los más importantes bufetes de este país.

No estamos a la sombra de partidos políticos ni élites sindicales; los principios que nos mueven son el trabajo honesto, la solidaridad, el apoyo mutuo y laparticipación activa de todos los trabajadores como verdaderos protagonistas en la defensa de nuestros derechos. Esta filosofía hace que apoyemos y seamos parte de muchos movimientos sociales.

¿Qué es CGT en Ericsson?

Tenemos presencia sindical en todo el grupo Ericsson, en EEM (16 representantes)ENI (4 delegados), y Optimi (4 representantes). En ninguna de estas empresas tenemos liberados sindicales.

Somos un equipo de compañeros vuestros que compartimos la información, el trabajo sindical, las decisiones del día a día y de las negociaciones con la Empresa de forma autónoma, sin injerencias externas. Los problemas que afectan a uno nos afectan a todos ya que consideramos que sólo desde la unidad, la solidaridad y la movilización podremos defendernos.

¡ Participa !

Desde CGT en Ericsson te animamos a participar en la lista de candidatos que estamos preparando para estas elecciones sindicales y así sumar más compañeros del centro de Fuenlabrada a este importante proyecto.

Envíanos un e-mail a seccion.sindical.eem.cgt@ericsson.com o llámanos al tf 619281424 o 606986515 para resolver tus dudas.

nosotros

LA SOLUCIÓN ESTÁ EN LA PARTICIPACIÓN DE TODOS

Nota 70: Ratificación del Acuerdo de 24 de diciembre de 2013 sobre el cambio del Bono en EEM

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Ratificación del Acuerdo de 24 de diciembre de 2013 sobre el cambio del Bono en EEM

Como recordareis, esta encuesta fue acordada como instrumento de ratificación por parte de los trabajadores por la parte social de la “Mesa Negociadora”. En esta encuesta solo han podido participar los compañeros afectados, según la lista proporcionada por la Dirección de la Empresa. Tras las asambleas realizadas en los diferentes centros de trabajo y una vez finalizados el periodo de votación de la encuesta sobre el cambio de bono en EEM enviado al conjunto de los trabajadores afectados, procedemos a informaros del resultado de dicha votación (informe completo):

  • Número de empleados afectados: 1.838
  • Encuestas respondidas: 801
  • Respuestas completas: 657
  • Respuestas incompletas: 144
  • Votos validos emitidos: 657 (35,75 %)
  • Votos favorables al acuerdo: 452 (68,80 %)
  • Votos en contra: 133 (20,24 %)
  • Abstenciones: 72 (10,96 %)

Resultados encuesta

Los resultados de la encuesta, con 657 votos validos emitidos, muestran una importante participación de los trabajadores (un 35,75% de los afectados) a la hora de ratificar el Acuerdo, a pesar de haber tenido que hacerla en periodo navideño.

Desde CGT valoramos muy positivamente este dato, así como el refrendo del Acuerdo con amplia mayoría (68,80 %) por parte de los trabajadores afectados.

Esta negociación muestra una vez más que los trabajadores debemos tomar conciencia de que la defensa de nuestros derechos y condiciones laborales es un asunto de todos y que solo mediante la unidad y la movilización podremos tener éxito en esta lucha.

Desde CGT abogamos por la búsqueda de acuerdos y la movilización de los trabajadores como instrumento para conseguir acuerdos con la Dirección de la Empresa. Acuerdos que sean beneficiosos para todos.

El recurso a los tribunales debería ser la última baza para la defensa de nuestros derechos.

IMPLÍCATE EN LA DEFENSA DE TUS DERECHOS

LA SOLUCIÓN ESTÁ EN LA PARTICIPACIÓN DE TODOS.

Nota 69: Cierre de la encuesta sobre el cambio de bono en EEM

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Cierre de la encuesta sobre el cambio de bono en EEM

Como ya sabéis la empresa inició un proceso de negociación sobre las condiciones del bono y al concluir, el mismo día 24 de diciembre, la Comisión Negociadora decidió lanzar una encuesta para que pudierais darnos vuestra opinión respecto al acuerdo alcanzado como medio de ratificación por parte de los trabajadores.

El acuerdo (texto integro) consiste básicamente en:

  • Apertura de un procedimiento de información y participación de la RLT en temas retributivos a partir del 16 de enero.
  • Abono de las diferencias de bono del año 2012.
  • Compensación lineal de 2.400 € por trabajador por las diferencias en los bonos del 2013 en adelante.
  • Compensación lineal de 100 € por trabajador de los grupos 3 y 4 por los perjuicios específicos del cambio de porcentajes.
  • 32 horas al año de licencia retribuida para todo EEM a partir del 2014 relacionadas con cuidado de familiares y tutorías.

Aunque ya habéis votado más de 700 afectados, sabemos que la decisión es difícil y de la sola lectura del acuerdo algunos de vosotros no podéis tomar una decisión. Con el objetivo de que conocierais los motivos que nos movieron a subscribir este acuerdo y aclarar las dudas que pudierais plantearos el mismo día 24 decidimos solicitar asambleas en los tres centros de trabajo de Madrid:

  • Milenium, Miércoles 8 de Enero a las 14.15 en la Pastilla-A en exterior a la cafetería
  • Torre Suecia , Jueves 9 de Enero a las 14.15 en la Planta Baja
  • Fuenlabrada, Viernes 10 de Enero a las 11.00 en la Cafetería

Como os indicamos en su momento no hemos podido cumplir con las garantías que exige la Ley para estas consultas (por ejemplo requiere el voto a favor de más de la mitad de los trabajadores) y el periodo navideño nos hizo ver como lo más adecuado esta encuesta personal y secreta que da opción a votar a todos los afectados. De hecho ya habéis votado un 38 % de los afectados. Hemos seguido enviando periódicamente recordatorios para la participación y cerraremos la encuesta el próximo viernes 10 de enero a las 15:00 enviando a la mayor brevedad posible los resultados definitivos de la misma.

Creemos que la encuesta junto con las asambleas cumplen con los objetivos que nos propusimos para esta consulta:

  • Que puedan ejercer el voto todos los trabajadores afectados por el cambio.
  • Que sea un voto informado con conocimiento de la propuesta sobre la que decidir y de las diferentes consecuencias de la firma.

Sabemos que es una decisión difícil pero consideramos que es responsabilidad de cada uno de nosotros. Desde CGT hemos tratado de alcanzar un acuerdo lo mejor posible y continuaremos defendiendo los intereses de todos los trabajadores.

Tu opinión es importante participa

Nota 68: Encuesta sobre el cambio de bono en EEM

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Encuesta sobre el cambio de bono en EEM

Como ya sabéis la empresa inició un proceso de negociación sobre las condiciones del bono y en estos momento acaba de concluir. Las posturas se han ido acercando progresivamente y nos encontramos en el punto someter la última propuesta aceptada por la empresa y la parte social a vuestra opinión a la que hemos sometido el acuerdo. La actual propuesta (texto integro) consiste básicamente en:

  • Apertura de un procedimiento de información y participación de la RLT en temas retributivos.
  • Abono de las diferencias de bono del año 2012.
  • Compensación lineal de 2.400 € por trabajador por las diferencias en el los bonos del 2013 en adelante.
  • Compensación lineal de 100 € por trabajador de los grupos 3 y 4 por los perjuicios específicos del cambio de porcentajes.
  • 32 horas al año de licencia retribuida para todo EEM a partir del 2014 relacionadas con cuidado de familiares y tutorias.

Os vamos a enviar una encuesta para conocer vuestra opinión y actuar en consecuencia. El objetivo de esta encuesta es:

  1. Que puedan ejercer el voto todos los trabajadores afectados por el cambio.
  2. Que sea un voto informado con conocimiento de la propuesta sobre la que decidir y de las diferentes consecuencias de la firma.
  3. Hacer una consulta que trate de cumplir las garantías que exige la Ley para un procedimiento de estas características (ver la sección del voto de la Guía Laboral – 23.6. Derecho de reunión de los trabajadores).

Somos conscientes de que no es el procedimiento más adecuado pero creemos que es el mejor posible por las premuras de tiempo y las fechas en que nos encontramos.

Pensando que el resultado de esta encuesta ofrecerá una visión clara de lo que opinan los afectados a lo que queda sujeto el acuerdo.

Los trabajadores afectados por el cambio de sistema de bono recibiréis a continuación un correo individualizado con dicha encuesta en el que podréis mostrarnos vuestra opinión.

Por otra parte para poder tomar una decisión informada vamos a describiros losposibles escenarios tras la conclusión del procedimiento:

Acuerdo refrendado por los trabajadores

  • Condiciones descritas anteriormente.
  • Los trabajadores afectados individualmente podrían ejercer acciones legales contra el cambio aunque pensamos que en la mayoría de los casos no merecerían la pena.

Acuerdo no refrendado por los trabajadores

  • Las condiciones descritas anteriormente probablemente no serian aplicadas por la empresa.
  • Toda la RLT y los trabajadores afectados individualmente podrían ejercer acciones legales contra el cambio. Si se consiguiera la nulidad de la medida probablemente la empresa trataría de ejecutarla de nuevo.

Sabemos que es una decisión difícil pero consideramos que la responsabilidad es de cada uno de los afectados. Nosotros, como vuestros representantes, hemos tratado de alcanzar una propuesta lo mejor posible y continuaremos defendiendo los intereses de todos independientemente de los resultados de la encuesta dando validez o no al acuerdo.

Tu opinión es importante participa