Jornada

Nota 207: El acuerdo sobre el calendario laboral Avatar ha sido refrendado por el colectivo

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El acuerdo sobre el calendario laboral Avatar ha sido refrendado por el colectivo

Acabamos de cerrar el referéndum realizado conjuntamente entre el Comité de Empresa de Torre Suecia y la Sección Sindical de CGT relativo al calendario laboral de Avatar. El resultado de dicha consulta refrenda el ACUERDO alcanzado en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid entre las cuatro secciones sindicales y la Dirección de Ericsson:

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Como ya sabéis, los compañeros del centro de trabajo de Boecillo ya habían refrendado el ACUERDO.

La Representación Social en su conjunto os agradecemos que hayáis participado en esta importante decisión que afectará a todo el colectivo Avatar y pone fin a un conflicto que se venía dando año tras año.

Daremos traslado de este resultado a la Dirección de Ericsson.

Con un acuerdo todos salimos ganando

Nota 204: Preacuerdo relativo al Calendario Laboral de Avatar

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Preacuerdo relativo al Calendario Laboral de Avatar

Hoy 15 de febrero ha finalizado la mediación en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid relativa al conflicto sobre el calendario laboral de Avatar. Se ha llegado a un ACUERDO sujeto a la ratificación del colectivo Avatar.

El ACUERDO se detalla así:

  • Los días 24 y 31 de diciembre, siempre que caigan de lunes a viernes, tendrán la consideración de jornadas no laborables por acuerdo con la compañía.
  • La adaptación de la jornada máxima aplicable en función de los días laborales correspondiente a cada año se realizará adaptando la jornada diaria de lunes a jueves, respetando en todo caso el periodo de jornada de verano (15 de junio a 14 de septiembre) y la jornada de los viernes, que seguirán siendo de 7 horas laborables. Asimismo, esta acuerdo no implicaría modificación alguna a la flexibilidad de entrada que se disfruta este colectivo.
  • Cómputo de vacaciones: las vacaciones anuales de este colectivo serán de 27 días laborables, computando solo los días laborables de lunes a viernes según correspondan para cada año. De esos días, 17 días laborables tendrán que disfrutarse durante el periodo de jornada de verano y los 10 días restantes se podrán disfrutar como días libres en cualquier otro momento del año y siempre antes del día 7 de enero, inclusive, del año siguiente

Como decimos, este acuerdo está sujeto a la ratificación del colectivo afectado. Los trabajadores del centro de Boecillo, como consta en el acuerdo, se considera que ya han ratificado el acuerdo. La valoración de la Sección Sindical de CGT es que se trata de un acuerdo positivo, ya que consolida los días 24 y 31 de diciembre como días no laborables y aporta un plus de flexibilidad respecto a 10 los días sueltos.

Como todos recordareis, el asunto de los días 24 y 31 como festivos en Avatar ha sido un tema controvertido que nos ha obligado a iniciar una y otra vez procedimientos legales, por fin consideramos que este asunto puede quedar clarificado con las debidas garantías jurídicas al tener este acuerdo la misma eficacia que un Convenio Colectivo teniendo fuerza ejecutiva.

Nuestra intención es montar una encuesta de ratificación conjuntamente con el Comité de Empresa de Torre Suecia. En breve informaremos de ello.

Tras la negociación llega tu turno: haz oír tu voz

Nota 203: UDM. La historia se repite

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UDM. La historia se repite

Continuamente asistimos en I+D a un menoscabo de los derechos colectivos e individuales de las personas que trabajan en este centro.

Primero fue en el área de CUDB.

Ya en marzo 2013 la Dirección de I+D nos comunicó cambios importantes en el modo de trabajo de los integrantes del proyecto CUDB 13B consistente en medidas que incluían la supresión del teletrabajo, el recurso sistemático a los trabajos fuera de jornada y limitaciones en el disfrute de las vacaciones. Tales medidas se subscribieron por medio de contratos personalizados y mediante firma de los trabajadores.

Como resultado de este acuerdo ilícito y ante las reprochables prácticas en el proyecto Gorilla, evitando conceder las vacaciones hasta el último momento, denegándolas en algunos casos e indicando que la empresa no se haría cargo de los gastos ocasionados, se puso una denuncia en Inspección de Trabajo. La reunión con el Inspector tuvo lugar el 4 de septiembre. Ante la imposibilidad de demostrar qué trabajadores concretos fueron afectados por dichas prácticas, se acordó difundir una comunicación aclaratoria que fue enviada por la empresa el día 13 de septiembre. La Dirección siguió sin clarificar debidamente que Ericsson requería de todos los trabajadores firmantes el disfrute de un máximo de 5 días de vacaciones hasta la entrega de la última funcionalidad (LFD, Last Feature Delivery), que no tenía fecha fija en el momento de la firma y que finalmente fue el 12 de Agosto.

Posteriormente, en julio 2013, la Dirección de I+D presionada primero por los responsables de CUDB y después por los de UDM volvió a la carga, esta vez recortando el teletrabajo a unos 80 trabajadores de I+D. Esta nueva medida se trató de justificar en la metodología AGILE, y no tomó en consideración los efectos sobre las condiciones laborales de los empleados que utilizaban esta modalidad de empleo.

Más adelante, en Junio de 2014, se despidió a una persona perteneciente a este colectivo en un hecho sin precedentes en el centro de I+D, motivado por el argumento de “haces lo que digo y como digo, o te vas a la calle”, sin buscar alternativas, en un acto que consideramos como escarmiento y para ser usado como represión a cualquier otro que pretendiera cuestionar las consignas establecidas.

El despido se tramitó como despido disciplinario, que finalmente fue reconocido domo improcedente, como no podía ser de otra forma. Además se usaron prácticas de mobbing al tener al trabajador un tiempo apartado de su equipo de trabajo, sentándole en un área aislada de sus compañeros y sin asignación de trabajo.

A esto siguió el injusto ERE, donde la unidad de CUDB en EEM ha sido una de las unidades más afectadas, mientras que otros centros de diseño de CUDB no fueron afectados por este recorte.

La represión no termina ahí, pues una vez llegado el momento de dar las valoraciones del personal de CUDB correspondientes al trabajo realizado en 2013, que fueron la base para la subida salarial del 2014, nos encontramos con TODAS sus unidades entre las peores valoradas de TODO Ericsson España, siendo una de las áreas con mayor número de personas valoradas con Partially Performing. Incluso podemos afirmar que de todas las unidades de EEM con más de 10 personas, las dos subunidades de diseño están entre las 25 con mayor ratio de Partially Performing (número de personas de la unidad valorado Partially Performing / número de personas total pertenecientes a la unidad) de todas las unidades de Ericsson España. Esto después de un año en el que CUDB fue puesto como ejemplo de esfuerzo y superación.

Así, al año siguiente, en las valoraciones del trabajo realizado en 2014, usadas como base para la subida salarial del 2015, nos encontramos con que este colectivo volvió a ser calificado con una de las peores valoraciones en todo Ericsson España. En este año, de todas las unidades de EEM con más de 10 personas, una de las subunidades de CUDB tuvo el honor de ser premiada con la medalla de plata (segunda posición) en la lista de mayor ratio de Partially Performing.

Las represiones continúan de las más variadas formas como bajadas de rango, asignación de puestos de responsabilidad a otros centros de diseño que siguen aumentando su nivel de relevancia y responsabilidad mientras en EEM se ha reducido, etc, etc.

Este es el premio a un personal que de cara al resto de Ericsson se ha puesto como ejemplo de superación y trabajo duro, pero que internamente ha sido, y sigue siendo, castigada con los más variados castigos.

Ahora observamos como la historia se repite en el área de HSS, aunque en diferente orden.

Primero han sido las malas valoraciones al trabajo realizado en 2014. En este caso HSS cuenta con que una de sus subunidades ocupa un puesto entre las 25 unidades con más de 10 integrantes y mayor ratio de Partially Performing.

Después, el incomprensible ERE consecuencia del Profitability+ que también se cebó en esta área, siendo muchos los compañeros que fueron despedidos y su falta se hace notar ahora en los proyectos en los que incluso están siendo reemplazados por otros empleados.

Ahora le ha llegado el turno a las presiones para realizar sobre-esfuerzos fruto de una mala planificación y peor ejecución de despidos, sin tener en consideración las necesidades futuras.

Esto está sucediendo en el proyecto CBA and OSC. Se está acudiendo al recurso de realizar sistemáticamente sobre-jornadas, e incluso se ha comunicado la necesidad de trabajar 6 días a la semana a partir de enero y hasta el PRA a finales de marzo.

El recurso sistemático a los esfuerzos extraordinarios en I+D no refleja más que una incapacidad de la Dirección de I+D de mantener una organización dimensionada adecuadamente. Por otra parte estos esfuerzos extraordinarios sólo nos están trayendo despidos, jornadas interminables y un ambiente enrarecido donde se está recurriendo a la presión a los trabajadores.

Tenemos que parar esta dinámica que se está estableciendo. Queremos recordaros que no estamos obligados a trabajar fuera de lo determinado por el calendario laboral del 2016. Y que todos los trabajos fuera de esta jornada son voluntarios, salvo para los trabajadores con contrato de disponibilidad, y están regulados por el acuerdo que se firmó al respecto en el 2007 que se refleja en esta directiva de la empresa que solo es aplicable en cuanto no contradiga el acuerdo. En ningún caso la jornada debe superar las 39,3 horas semanales, siendo el resto horas extraordinarias, que tienen que ser requeridas y registradas formalmente por la dirección, que son también voluntarias y que están sometidas a restricciones legales.

Luchamos para que estas situaciones no sucedan, pues en algunos casos rozan la ilegalidad. No podemos permitir que se repita una vez más en HSS toda la historia de coacciones y presiones sufridas en CUDB. Si los managers han aprendido unos de otros a usar estas prácticas, nosotros también hemos aprendido que tenemos que reaccionar con prontitud y unidad, y denunciar cuanto sintamos que estamos siendo acosados en un intento de quebrar nuestros derechos.

El área de CUDB está dirigida por Mitch Cooper como jefe operacional y HSS por Luis Lopez que han hecho de la represión y el miedo su forma de liderar y dirigir, con el consentimiento tanto de la anterior directora como de la recién incorporada, tal como muestran los hechos. ¿Vamos a permitir que este estilo de gestión se replique en todo UDM incluso en todo I+D?

Entre todos podemos revertir esta situación por eso hemos reunido a los trabajadores afectados por este proyecto y hemos dado a conocer la situación a Relaciones Laborales considerando que deberá tomar medidas para evitar este tipo de prácticas. También necesitamos vuestra ayuda para conocer y denunciar cualquier presión que podáis tener al respecto.

No te dejes presionar; juntos podemos evitarlo

Por un trabajo de calidad.

Nota 187: Calendarios laborales en Ericsson

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Calendarios laborales en Ericsson

En esta nota: Por qué es importante el calendario laboral, como se determina en Ericsson, como está la dirección tratando de prescindir de estos calendarios en algunas unidades y qué estamos haciendo al respecto.

La Jornada Laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo para el cual fue contratado, expresado en horas, días, semanas o meses y por tanto es uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo junto con la retribución. El contrato de trabajo incluye el tiempo de trabajo como forma de especificar los servicios que se esperan del trabajador  como contraprestación a sus retribuciones. No obstante la regulación de la jornada implica serias restricciones a la vida del trabajador por lo cual la Ley limita dicha jornada en defensa de la libertad  y la salud del individuo contratado. La empresa está en la obligación de estipular el horario de entrada y salida del lugar de trabajo, así como determinar las horas de descanso y los turnos horarios que se deben cumplir.

Sin embargo, no siempre los trabajadores saben a qué hora empieza y a qué hora termina su jornada, ya sea por la política de la empresa como en Ericsson o por la profesión de la que se trate. En todos estos casos los horarios flexibles tienen una excelente acogida. Estos horarios contemplan un tiempo de prestación diaria de trabajo que puede comprender la eliminación de las normas relativas a la puntualidad, la eliminación de las correspondientes consecuencias jurídicas y la auto-organización del tiempo del trabajo diario por parte del propio empleado, con la existencia de ciertos límites a tal capacidad. En el caso de Ericsson formalmente esto es solo relativo pues se conservan los horarios de presencia obligada. En realidad estamos ante un horario fijo flotante, en el cual el trabajador elige el momento de entrada y salida del trabajo dentro de un margen preestablecido para ello. Debe mantenerse en su puesto el mínimo de horas fijadas en el caso de Ericsson en cómputo mensual. Es importante reseñar, que desde el punto de vista formal, no estamos ante una modalidad de horario libre, donde el empleado administra y gestiona su tiempo de trabajo, cumpliendo los resultados que la organización espera de él en todo momento, tal como la dirección quiere darnos a entender.

FICHA SINDICAL

¿Qué es la jornada laboral?

(Sección 5 Estatuto de los Trabajadores)

FICHA SINDICAL

Características del Calendario Laboral en Ericsson España S.A.

En relación con los calendarios laborales, en Ericsson España S.A. se viene realizando una distribución de la jornada de manera que cada trabajador tenga 222 días de trabajo anuales (216 para el personal reglamentado). La distribución considera una jornada laboral de lunes a viernes, y de descanso los fines de semana así como las fiestas laborales nacionales, autonómicas y locales de cada centro de trabajo. De los días laborables restantes se considera que 22 corresponden al periodo vacacional y se realiza anualmente un ajuste de calendario asignando días extras laborables como no laborables hasta dejar un total de 222 días laborables para la totalidad de la plantilla. Estos días no laborales específicos de Ericsson conocidos como días de ajuste de calendario son sometidos a consulta por la representación de los trabajadores que trasmiten los días más votados a la dirección que normalmente acepta para su inclusión en los calendarios. Para el año 2016 se han aceptado el 28 de marzo, el 31 de octubre y el 5 de diciembre como días no laborables pactados por ajuste de calendario.

Como comentamos ésta es la situación general, y tanto la jornada regular como los trabajos fuera de jornada que puedan ser necesarios para ajustarse a las necesidades empresariales quedan claramente regulados y compensados. No obstante ya durante el año 2015 y para el calendario del año 2016 surgen dos problemas de diverso origen uno relativo al colectivo Avatar, y otro a los trabajadores del F&AO  (anteriormente denominada FSS).

 

En relación con el colectivo Avatar (correspondiente a trabajadores procedentes de Telefónica I+D) su jornada se mantiene diferente a la del resto de personal de Ericsson España S.A. en cumplimiento de su acuerdo de segregación. Este colectivo tiene una jornada laboral distribuida de lunes a jueves en jornadas diarias de 8:30 y jornadas reducidas de 7:00 los viernes y durante el periodo de verano. Esto implica también para ajustarse a la jornada laboral anual. Históricamente este ajuste se ha realizado determinado los días 24 y 31 de diciembre como no laborables. La dirección parece estar interesada en alterar las jornadas diarias para aumentar el número de días laborales de este colectivo lo que consideramos, no solo innecesario, sino injusto por lo que hemos hecho llegar nuestra propuesta a la dirección y la consolidación los días 24 y 31 de diciembre como no laborables.

En relación con los trabajadores del F&AO  la empresa intenta acometer un calendario específico con un total de  7 días no laborables convertidos en laborables para algunos departamentos (RMED, RWCE y CCA) y adicionalmente otros 10 días convertidos en laborables para ciertas personas adscritas a servicios mínimos.  La dirección ya trató de incluir este cambio de calendario en el 2015 y hay dos juicios al respecto citados para el 2016. Ahora trata de hacer lo mismo para el 2016 tratando de conseguir la aceptación de esta modificación por parte del Comité de Empresa de Fuenlabrada. Desde CGT mostramos claramente nuestra oposición pues el calendario debería ser común y estas necesidades empresariales pueden y deben ser resueltas por los mecanismos incluidos en el  acuerdo de trabajos fuera de jornada y la extensión que en su momento se hizo para el SSC. Consideramos que este acuerdo debería ser actualizado para adaptarlo a nuevas necesidades empresariales pero que en ningún caso deben ser obviados alterando el calendario laboral.  Por otra parte nos consta que excepciones similares están siendo aplicadas en el Departamento financiero y deberían ser resueltas de igual manera.

Por último, ¿qué pasa con el calendario de ENI? Si en general las condiciones laborales de ENI son inferiores a las de EEM, en lo que al calendario laboral se refiere el agravio es sangrante. Los compañeros de ENI tienen solo los días no laborables recogidos en el Convenio Colectivo del Metal, es decir solamente los recogidos por la legislación básica para cada localidad. Iguales en obligaciones a cambio de menos derechos, esta es la realidad a la que CGT quiere poner fin y por la que está interpuesta una demanda de homogeneización en la Audiencia Nacional.

Deseamos que la dirección ceje en sus intentos de alterar la jornada por medio de los calendarios laborales empeorando la situación de sus trabajadores en lo que representa una clara merma de sus derechos y libertades. Esa actitud nos obligaría a defender ante los tribunales lo que se nos arrebate con esas decisiones unilaterales. CGT considera importante ampliar los días no laborables para todo los trabajadores del Grupo alineándose con lo que se viene utilizando en EEM y realizar los ajustes que sean precisos en el acuerdo de trabajos fuera de jornada para acometer estas nuevas necesidades con las debidas garantías y compensaciones para los trabajadores afectados y en esta línea desarrollaremos las propuestas adecuadas tanto para el personal procedente de telefónica I+D como para los sujetos a calendarios financieros como el F&AO.

La jornada laboral es nuestro derecho

No consintamos que nos manipulen

Nota 127: Comisión Paritaria de Jornada de EEM

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Desde que el 2007 se llegara a un acuerdo sobre trabajos fuera de jornada en EEM se acordó la creación de una Comisión Paritaria con la finalidad de “hacer un seguimiento de los contenidos del presente acuerdo con el objetivo de mejorar las condiciones en que se realizan este tipo de prestaciones”.

Está comisión se ha reunido varias veces desde su creación, aunque no con la regularidad necesaria, y se ha convertido más en un foro donde se tratan posibles abusos de este tipo de trabajos que en un foro orientado a la mejora continua como se acordó. Una de estas reuniones se celebró el pasado 23 de febrero.

Se informó a la Dirección que se habían detectado la utilización de becarios y personal contratado en prácticas para la realización de trabajos fuera de jornada. Se recordó a la Empresa que este personal debería estar a cargo de un tutor y su situación viene regulada por el convenio con las universidades y una legislación específica pero no deben hacer trabajos «habituales» de trabajadores fijos o eventuales. Por este motivo se solicita a la Empresa información para saber que convenios hay firmados, becarios, legislación de aplicación etc.

Se preguntó a la empresa por la actualización de los códigos de licencias en SAPque se debería haber realizado para las licencias reguladas en el Plan de Igualdad que todavía no se ha realizado. Se apuntó que la actualización de los códigos para las licencias generadas en el [acuerdo del bono de EEM](https://dl.dropboxusercontent.com/u/178057947/documentos/EEM Acuerdo cambio bono (24-12-2013).pdf) de 2013 (para tutorías y cuidados de hijos y dependientes) se han codificado de forma confusa. Desde CGT consideramos que esta falta de diligencia en la configuración del sistema de reportes solo dificulta el acceso de los trabajadores a el disfrute de sus derechos al crear confusión e indefinición.

En el FSS se han detectado problemas con la realización de trabajos fuera de jornada, concretamente en relación con trabajos inferiores a 4 horas en festivos. Se forzaron los reportes para que fueran de una duración inferior a 4h para evitar su compensación en tiempo de descanso y disminuir la compensación económica. Además no se les ha computado el tiempo de desplazamiento (cuando se les pide presencia en la oficina) como tiempo de trabajo, cosa que si se está haciendo en el resto de unidades de EEM. RRHH reconoce que su criterio es que en estos casos el tiempo de desplazamiento computa como tiempo de trabajo e indica que tratará el tema con el manager del FSS.

Por otra parte indicar que la Dirección del FSS, como consecuencia de esta reunión, ha comunicado el 2 de marzo que se va a proceder a regularizar los trabajos “mal reportados” el día 31/12/2014 pero sin considerar el tiempo de traslado a la oficina. Una decisión probablemente insuficiente pero que muestra la utilidad de estas mesas de trabajo.

También en el FSS se ha impuesto un calendario de servicios mínimos incluyendo días no laborables al margen del calendario laboral, sin negociación alguna y donde se omite el principio de voluntariedad, base de todo el sistema de trabajos fuera de jornada en EEM. Este calendario, en caso de ser necesario debería ser negociado, como se indica en el Convenio del Metal, al estar afectando a un colectivo mayor de 30 trabajadores.

Por otra parte se recuerda a la Dirección que todavía no ha actualizado la Directiva sobre Trabajos Fuera de Jornada en EEM que en su momento cambio de forma unilateral y cuyos cambios fueron anulados por sentencia del Tribunal Supremo del 12 de Junio del 2013. Así mismo se solicita la negociación de un nuevo acuerdo donde se retome un acuerdo sobre la definición del concepto de voluntariedad y se contemplen nuevas casuísticas que están afectando a los trabajadores.

 

El tiempo de trabajo es una condición básica.

No dejes que te cambien las reglas