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Nota 85: Elecciones a Comité de Empresa en ENI en Barcelona. Únete a nuestro proyecto

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Elecciones a Comité de Empresa en ENI en Barcelona. Únete a nuestro proyecto

Como sabrás, se ha iniciado el proceso para celebrar elecciones sindicales con objeto de formar un Comité de Empresa de Ericsson Network Services S.L. en el centro de trabajo de Barcelona. Desde CGT nos ponemos en contacto contigo para que nos conozcas y tengas la oportunidad de unirte a nuestro proyecto.

 

¿Qué es CGT?

 

Es un sindicato de clase, autónomo y autogestionario, con implantación en todo el territorio nacional y en todos los sectores productivos de este país. Gracias a esta amplia implantación podemos disponer de un potente equipo de profesionalesbien conocidos entre los más importantes bufetes de este país.

No estamos a la sombra de partidos políticos ni élites sindicales; los principios que nos mueven son el trabajo honesto, la solidaridad, el apoyo mutuo y laparticipación activa de todos los trabajadores como verdaderos protagonistas en la defensa de nuestros derechos. Esta filosofía hace que apoyemos y seamos parte de muchos movimientos sociales.

 

¿Qué es CGT en Ericsson?

 

Tenemos presencia sindical en todo el grupo Ericsson: en Ericsson España S.A.(EEM 18 representantes), Ericsson Network Services (ENI 4 delegados, tres de ellos han pasado a depender del centro de trabajo de Barcelona), y Optimi (SLU 4 representantes). En ninguna de estas empresas tenemos liberados sindicales.

Somos un equipo de compañeros vuestros que compartimos la información, el trabajo sindical, las decisiones del día a día y de las negociaciones con la Empresade forma autónoma, sin injerencias externas. Los problemas que afectan a uno nos afectan a todos ya que consideramos que sólo desde la unidad, la solidaridad y la movilización podremos defendernos.

 

¡ Participa ¡

 

ENI ha sido desde su creación la empresa donde Ericsson ha tratado de ensayar las reducciones de las condiciones de trabajo de sus empleados. Todo esto ha sido posible en parte por la gran mayoría sindical de CC.OO. y UGT en la misma.

Solo es necesario ver la diferencia entre los dos EREs que tuvieron lugar el año pasado. El primero, que afectó a todo el grupo y en el que CGT participoactivamente impulsando propuestas de condiciones que finalmente fueron pactadas, aunque con bastantes limitaciones por las concesiones de las demás fuerzas sindicales. Este ERE fue contestado en la calle y en los tribunales hasta el punto de que hay muchos compañeros que todavía están reclamando judicialmente su vuelta a la empresa. El segundo, que afectó solo a ENI y en el queCGT fue excluida, supuso si cabe un mayor número de irregularidades en su ejecución y en el cual los dos sindicatos mayoritarios CC.OO. y UGT no plantearon un conflicto real. Creemos que es necesario hacer un sindicalismo diferente en ENI sobre todo teniendo en cuenta la anunciada integración con Ericsson España S.A.

Desde CGT en Ericsson te animamos a participar en la lista de candidatos que estamos preparando para estas elecciones sindicales y así sumar más compañeros del centro de Barcelona a este importante proyecto.

Envíanos un e-mail a seccion.sindical.eem.cgt@ericsson.com o llámanos al tf 606 98 6515, 619 28 1424 o 665 62 5111 para resolver tus dudas.

LA SOLUCIÓN ESTÁ EN LA PARTICIPACIÓN DE TODOS

Nota 84: Convenio del Metal: Incremento salarial 2014

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Convenio del Metal: Incremento salarial 2014

Este mes de abril, se va a proceder a aplicar la subida legal de convenio, tras la publicación de las tablas salariales para el año 2014 del Convenio Colectivo del Metal de la Comunidad de Madrid.

Esta subida se realiza teniendo en consideración varios factores que son un verdadero galimatías. Para calcular la subida se deben tomar en consideración los artículos 7 y 29. Creemos que es mejor explicarlos en orden inverso.

Artículo 29. Régimen salarial

  • A 1 de enero de 2014 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2013 en un 0,6 por 100.

Además este mismo artículo incluye una cláusula de revisión salarial a la finalización del año 2013.

Esta cláusula establece que si la tasa de variación anual del IPC general español del mes de diciembre 2013 fuera superior a la tasa de variación anual del IPC armonizado de la zona euro en el mismo mes, entonces se tomará esta última para calcular el exceso. De producirse este hecho, la cantidad resultante se aplicaría en una vez. Sea uno u otro índice el que deba tomarse en cuenta, si el precio medio internacional en euros del petróleo Brent en el mes de diciembre es superior en un 10 % al precio medio del mes de diciembre anterior, para calcular el exceso citado se tomarán como referencia los indicadores de inflación mencionados excluyendo en ambos los carburantes y combustibles.

Según datos del INE, la tasa de variación anual del IPC general español del mes de diciembre de 2013 fue el 0,3 % y la tasa de variación anual del IPC armonizado de la zona euro fue del 0,8 %. Por tanto se utiliza la tasa de variación del IPC general español.

Por otra parte, según los datos del Ministerio de Economía, el precio medio internacional en euros del petróleo Brent en el mes de diciembre ¬—80,8 euros/barril— es inferior en un 3,3 % al precio medio del mes de diciembre anterior —83,5 euros/barril—. Dado que no se ha producido un incremento del 10% del precio del petróleo Brent, no es necesario utilizar como valores de referencia el IPC general español ni el de la Zona Euro sin combustibles ni carburantes.

Por lo tanto, para la actualización salarial compararíamos el objetivo de inflación del Banco Central Europeo (2 %) con tasa de variación anual del IPC general español (0,3 %). La comparación de estos porcentajes conduce a la no obligación de revisar la subida establecida en el convenio: 0,6%.

Todo un galimatías para evitar cualquier tipo de actualización salarial.

Así que nos quedamos con un incremento en tablas del 0,6%. No obstante esta subida puede ser compensada y absorbida casi en su totalidad, y por supuesto Ericsson ha decidido absorberla para la totalidad de su plantilla. Para esto hay que acudir al artículo 7.

Artículo 7. Compensación y absorción

  • Para el año 2014, los incrementos salariales pactados en este convenio no serán compensables ni absorbibles en el 25 por 100 de los mismos.
  • No serán compensables ni absorbibles los incrementos salariales pactados en este convenio para los salarios inferiores a 14.000 euros, en cómputo anual recogido en las tablas salariales.

Según este artículo, Ericsson sólo está obligado a incrementar el 25% del 0,6 % es decir el 0,15 % del salario correspondiente a las tablas del Convenio Colectivo del Metal. Y Ericsson sólo considera que está abonando el Salario Salario de Convenio y los Quinquenios de dicho convenio. Este incremento tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero.

Incrementos CC MEtal 2014

En resumen, tenemos una subida de un par de Euros al mes para la gran mayoría de los empleados que no se verán afectados por la subida discrecional con la que Ericsson compensa a unos pocos de sus empleados. Pensamos que cualquiera análisis de la situación pecaría de obvio.

Por otra parte es interesante ver que incluso en este incremento es relevante la asignación a grupos profesionales que se realizó tan alegremente en octubre pasado.

Pensamos que la política salarial que está manteniendo Ericsson España y la congelación salarial a la que estamos sometidos la gran mayoría de la plantilla durante ya demasiados años (8 ó 10 en muchos casos) no es justificable desde ningún punto de vista. Creemos que es necesaria una respuesta conjunta de los trabajadores contra esta reducción sistemática de nuestro nivel adquisitivo mientras se nos va exigiendo cada vez más compromiso con los objetivos de la compañía y desarrollar nuestro trabajo en un entorno cada vez más inseguro y hostil.

POR EL REPARTO DE LOS BENEFICIOS

Nota 83: Colectivo AVATAR. Calendario 2014 y homogenización

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Colectivo AVATAR. Calendario 2014 y homogenización

Tras la negociación que hemos llevado a cabo desde el Comité de Empresa de Milenium, junto a los Delegados de Personal de Boecillo, los calendarios de AVATAR para 2014 ya han sido acordados y publicados en la intranet.

El convenio que aplicaba al colectivo Avatar cambió en 2013, pasando del Convenio Nacional de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos (el convenio que aplicaba en Telefónica I+D), al Convenio del Metal de la Comunidad de Madrid (el convenio que aplica en Ericsson). Como sabéis, la legislación establece el cambio automático cuando se firma un nuevo convenio en la empresa receptora.

A comienzos de febrero, la Dirección trasladó a los Comités de Empresa una propuesta de calendario para el colectivo procedente de TID para 2014, pretendiendo modificar la jornada laboral y rebajar las vacaciones de este colectivo. La Dirección revisaba a la baja la duración de la jornada partida (actualmente 8,5 horas) tomando en consideración lo establecido en el convenio del Metal respecto al número de horas anuales laborables, 1.764 horas, y al número de días laborables. Asimismo, la Dirección propuso que el 24 y 31 de diciembre fuesen laborables a todos los efectos.

La Sección Sindical de CGT, junto con sus servicios jurídicos, analizó detenidamente dicha propuesta y estudió el Convenio del Metal Madrid. Pusimos como premisa que tanto la duración de las jornadas partida y reducida como el periodo de disfrute de la jornada reducida están recogidos en los acuerdos firmados en 2010 y por tanto no son modificables hasta nuevo acuerdo. Así, el cálculo de horas laborables resultante nos permitía seguir disfrutando de los días 24 y 31 de diciembre como días no laborables.

Así se le comunicó a la Dirección, con la cual hemos llegado a acordar el calendario laboral 2014 para el colectivo AVATAR. Sin embargo, en el tema de considerarcondición más beneficiosa (derecho adquirido) o no los días 24 y 31 de diciembre como no laborables, sobre esta cuestión, no hemos llegado a un acuerdo. En este sentido, la Dirección ha manifestado su intención de retomar las negociaciones para la homogenización de las condiciones laborales del colectivo AVATAR durante 2014.

En conclusión, para 2014 el colectivo AVATAR seguirá con su jornada laboral y con los días 24 y 31 de diciembre como días no laborables.

Por otra parte, aprovechamos para recordaros algo que es de interés para todo trabajador de EEM y por tanto también para el colectivo Avatar. Se trata del contenido de la Cláusula Tercera del acuerdo sobre Modificación del Bono en EEM, que reproducimos a continuación:

Tercera.- Se establece, con efectos del 1 de enero de 2014, el derecho para todos los trabajadores de Ericsson España S.A. de las siguientes licencias retribuidas en el marco de una política de conciliación familiar y profesional:

  • Por motivos de consultas médicas o por cuidado y atención por enfermedad o indisposición de hijos menores, cónyuges, hijos mayores con algún grado de minusvalía, ascendientes de primer grado y personas dependientes se dispondrá de una bolsa de un máximo de 16 horas al año.
  • Para tutorías propias, de hijos menores o hijos mayores con algún grado de minusvalía, siempre que la entrevista no pueda realizarse fuera del horario de trabajo, para la obtención de un título oficial, se dispondrá una bolsa de un máximo de 16 horas al año. En todo caso deberá acreditarse la entrevista en horario de trabajo aportando justificante por parte del centro educativo o centro de educación especial.

Como podéis leer en ella, lo establecido mediante esta cláusula afecta a todos los trabajadores de EEM. Os lo comunicamos el 19 de marzo pasado en la nota sobreCódigos de reportes de tutorías y atención a familiares, cuya información ampliada podéis consultar en nuestro blog. No obstante os recordamos los códigos asociados a estas bolsas:

  • 2402 Child Doctor Appointment
  • 2403 Children Tutorial

Por último, deciros que hemos vuelto a entregar una carta a la Dirección, instando a que se inicien ya las negociaciones para la homogenización de las condiciones laborales de AVATAR. En este sentido, Relaciones Laborales de Ericsson ya ha manifestado que desea llevar a cabo dicha homogenización durante 2014, aunque todavía no ha tomado ninguna acción al respecto.

Los derechos que no se defienden se terminan perdiendo

Nota 82: Comisión de teletrabajo

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Comisión de teletrabajo

Por fin el 10 de febrero pasado conseguimos que se reuniera la Comisión de Teletrabajo de EEM que emana del [acuerdo de 2010](https://www.dropbox.com/s/pdanliq0hpkobw6/Acuerdo teletrabajo %282010-03-26%29.pdf)) y que hasta ahora no habíamos conseguido que se reuniera a pesar de los problemas urgentes que se identificaron sobre todo en I+D.

En esta reunión preguntamos sobre las perspectivas del teletrabajo en Ericsson a lo que se contestó que no ha habido cambios y que seguía creciendo. No obstante, las propias cifras que nos ha aportado la dirección desmienten esta respuesta ya que el 10 de marzo había 786 teletrabajadores en EEM y de estos solo 55 se han incorporado a esta modalidad a partir del 2013. Solo los cambios al respecto en I+D afectaron a 92 trabajadores.

También hicimos notar que estábamos a la espera de la contestación de la dirección de I+D sobre las propuestas que hicimos en su momento en relación con la eliminación masiva del teletrabajo en I+D. Se pregunto también por las dificultadespara acceder al teletrabajo en el SSC y el veto generalizado al personal administrativo. Así mismo se solicitaron los criterios utilizados por los diferentes departamentos para la utilización de esta modalidad de trabajo. Hasta el momento la dirección no parece haber tomado ninguna acción al respecto.

Se discutió la falta y problemas con la infraestructura en muchos puestos de teletrabajo. La Dirección indico que son las unidades las que gestionan el problema de la infraestructura. Propusimos a RRHH que sugiera a las unidades un puesto estándar con un infraestructura mínima y que de a conocer a los empleado un protocolo para comunicar las incidencias. De momento nos indicaron que se reportarán a gestión de edificios y al manager correspondiente. Debido a que Recursos Humanos tampoco ha enviado ninguna comunicación al respecto, os instamos a que reportéis cualquier incidencia que podáis observar en los puestos de teletrabajo poniendo en copia de los correos a la Seccion Sindical EEM CGT para poder tratar este tema en la paritaria con conocimiento de la importancia del problema.

También se informó a la Dirección de que hay trabajadores realizando teletrabajode forma regular (más de 1/3 de su jornada) sin contrato de lo que la Dirección no tenía conocimiento. Esta forma de actuar en algunas unidades puede tener implicaciones no deseables para el trabajador. Por lo que la empresa dijo que iniciaría una campaña de información con los managers, que no tenemos constancia haya iniciado. Por esto os pedimos nos hagáis saber a la Seccion Sindical EEM CGT vuestras circunstancias si estáis en dicha situación para informaros y obrar en consecuencia. En relación a esto les solicitamos un procedimiento más transparente para optar a la modalidad de teletrabajo sobre el cual no parece hayan tomado ninguna acción.

Se informó sobre las dificultades que existen en muchos momentos para acceder a un puesto de trabajo en la oficina para los teletrabajadores. Propusimos marcar claramente los puestos para tele-trabajadores y que no se puedan utilizar para otros usos. También se hablo de mecanismos para dimensionar adecuadamente los puestos de teletrabajo, hotdesking y las salas de reuniones. Tampoco tenemos constancia de que se haya tomado ninguna acción desde la Dirección.

En relación con las ayudas al teletrabajo (ADSL y material) se nos indica que no se ha detectado ningún problema.

Desde CGT queremos recordar al colectivo de teletrabajadores que dentro de los acuerdos que rigen este sistema de trabajo se acordó ayudar a aquellos trabajadores que desempeñasen su labor de acuerdo a este sistema con equipamiento por un importe máximo de 150€ (IVA y portes incluidos) cada 4 años.

Van a cumplirse ya 4 años desde que se concedieron las primeras ayudas al teletrabajo (consecuencia del [acuerdo de 2010](https://www.dropbox.com/s/pdanliq0hpkobw6/Acuerdo teletrabajo %282010-03-26%29.pdf)) que, os recomendamos por lo tanto que comprobéis en Concur cuándo la solicitasteis.

En su momento, a este primer bloque de teletrabajadores se les dio una ventana para ejercer el derecho a la ayuda que finalizaba el 30 de junio de 2010, por lo tanto y para evitar el efecto de que la empresa establezca otra ventana temporal haced uso de ella antes del 30 de junio de 2014. Si hubiese algún problema con la autorización de esta ayuda por parte de la empresa podéis poneros en contacto con nosotros en Seccion Sindical EEM CGT .

La dirección nos indica que los** teletrabajadores del colectivo Avatar** tenían contratos anuales y que todos están trabajando utilizando el sistema de Ericsson.

Desde CGT consideramos muy importante reactivar esta comisión en el convencimiento de que la participación y colaboración constructiva en la resolución de los problemas relativos al teletrabajo serán muy ventajosas tanto para la empresa como para sus trabajadores. Pero también consideramos vital que la Dirección tome acciones concretas para resolver los problemas detectados que sin duda repercutirían en unas condiciones de trabajo más apropiadas para los teletrabajadores que constituyen ya cerca de la mitad de la plantilla.

Por un teletrabajo para todos y con medios

Por la participación de los trabajadores

Nota 81: Código reportes tutorías y atención familiares

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Código reportes tutorías y atención familiares

Como ya os informamos, como parte del acuerdo sobre cambio de bono en EEM se incluía el derecho a 16 horas para cuidado de familiares y 16 horas para tutorías. La Dirección nos ha informado de que ya tenemos habilitados los códigos para reportar estas ausencias.

— 2402 Child Doctor Appointment

— 2403 Children Tutorial

La descripción de los códigos de reporte es algo restrictiva, y a así se lo hemos hecho notar a la Dirección. De todas formas consideramos necesario recordar el uso de este crédito horario conforme a la cláusula tercera del acuerdo referido que afecta a todo el personal de Ericsson España S.A.:

— 2402 Child Doctor Appointment

“Por motivos de consultas médicas o por cuidado y atención por enfermedad o indisposición de hijos menores, cónyuges, hijos mayores con algún grado de minusvalía, ascendientes de primer grado y personas dependientes se dispondrá de una bolsa de un máximo de 16 horas al año.”

Hay que hacer notar que estas horas no tienen límite en su utilización y pueden ser jornadas completas. Como es obvio los casos de indisposición son difícilmente justificables aunque si lo sean las consultas médicas y la enfermedad.

— 2403 Children Tutorial

“Para tutorías propias, de hijos menores o hijos mayores con algún grado de minusvalía, siempre que la entrevista no pueda realizarse fuera del horario de trabajo, para la obtención de un título oficial, se dispondrá una bolsa de un máximo de 16 horas al año. En todo caso deberá acreditarse la entrevista en horario de trabajo aportando justificante por parte del centro educativo o centro de educación especial.”

En este caso la utilización queda limitada al tiempo razonablemente necesario de acuerdo a lo reflejado en el justificante.

Los derechos que no se utilizan se pierden

Implícate en la defensa de tus derechos