Nota Info 291: Devolución del IRPF por maternidad

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El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social que perciben las madres trabajadoras (o padres a los que se ceda parte del permiso) durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que ha mantenido la Agencia Tributaria.

Esto supone que miles de madres y padres pueden solicitar la devolución de lo tributado por esta prestación durante los años 2014, 2015, 2016 y 2017 (las declaraciones prescriben a los 4 años).

¿Como solicitar la devolución del IRPF por maternidad?

  1. Rellenar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación. Descarga el documento para rellenar.
  2. Presentar el escrito por duplicado (te deben entregar uno a ti con la fecha de recepción y sellado) en la Agencia Tributaria, junto con una fotocopia de la declaración y de los datos fiscales del ejercicio que reclamas (si no tuvieras copias de las declaraciones y de los documentos, la Agencia Tributaria te los debe facilitar).

Si el niño/a nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrase la prestación en dos ejercicios distintos y en ese caso deberás solicitar la rectificación de ambos ejercicios.

Como ya hemos indicado antes, el plazo para reclamar todo lo relacionado con una declaración prescribe a los cuatro años, por lo que aquellas personas que tengan que reclamar lo relacionado al ejercicio del 2014, tienen hasta el 31 de diciembre de este año.

Habiendo una sentencia firme del Tribunal Supremo, se entiende que la administración no tendría que poner ningún problema a la hora de devolver la cantidad económica que corresponda pero, si aun así la Agencia Tributaria rechaza tu reclamación, puedes presentar una reclamación económica administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso-administrativos, aunque por desgracia si tienes que llegar a este último paso, tendrás que ser asistido por un abogado y por un procurador, y el proceso se puede dilatar bastante en el tiempo.

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