Nota 204: Preacuerdo relativo al Calendario Laboral de Avatar

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Preacuerdo relativo al Calendario Laboral de Avatar

Hoy 15 de febrero ha finalizado la mediación en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid relativa al conflicto sobre el calendario laboral de Avatar. Se ha llegado a un ACUERDO sujeto a la ratificación del colectivo Avatar.

El ACUERDO se detalla así:

  • Los días 24 y 31 de diciembre, siempre que caigan de lunes a viernes, tendrán la consideración de jornadas no laborables por acuerdo con la compañía.
  • La adaptación de la jornada máxima aplicable en función de los días laborales correspondiente a cada año se realizará adaptando la jornada diaria de lunes a jueves, respetando en todo caso el periodo de jornada de verano (15 de junio a 14 de septiembre) y la jornada de los viernes, que seguirán siendo de 7 horas laborables. Asimismo, esta acuerdo no implicaría modificación alguna a la flexibilidad de entrada que se disfruta este colectivo.
  • Cómputo de vacaciones: las vacaciones anuales de este colectivo serán de 27 días laborables, computando solo los días laborables de lunes a viernes según correspondan para cada año. De esos días, 17 días laborables tendrán que disfrutarse durante el periodo de jornada de verano y los 10 días restantes se podrán disfrutar como días libres en cualquier otro momento del año y siempre antes del día 7 de enero, inclusive, del año siguiente

Como decimos, este acuerdo está sujeto a la ratificación del colectivo afectado. Los trabajadores del centro de Boecillo, como consta en el acuerdo, se considera que ya han ratificado el acuerdo. La valoración de la Sección Sindical de CGT es que se trata de un acuerdo positivo, ya que consolida los días 24 y 31 de diciembre como días no laborables y aporta un plus de flexibilidad respecto a 10 los días sueltos.

Como todos recordareis, el asunto de los días 24 y 31 como festivos en Avatar ha sido un tema controvertido que nos ha obligado a iniciar una y otra vez procedimientos legales, por fin consideramos que este asunto puede quedar clarificado con las debidas garantías jurídicas al tener este acuerdo la misma eficacia que un Convenio Colectivo teniendo fuerza ejecutiva.

Nuestra intención es montar una encuesta de ratificación conjuntamente con el Comité de Empresa de Torre Suecia. En breve informaremos de ello.

Tras la negociación llega tu turno: haz oír tu voz

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