Nota 125: Martes de Igualdad. ¿Vas a ser madre?

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Ante el nacimiento de un hijo la mujer debe de enfrentarse a los prejuicios y el rechazo que aún genera un embarazo en el entorno laboral, al parón de la baja maternal y al hecho de que, en nuestra sociedad, sigue siendo la mujer la que asume de manera mayoritaria las responsabilidades de la crianza. Las consecuencias de esta mezcla de factores para la carrera profesional de una mujer son devastadoras; los estereotipos proponen una imagen deformada de la mujer volcada en la familia y poco comprometida con su desempeño profesional, y esta falsa visión de la maternidad como un problema salpica a todas las mujeres, sean madres o no. En Ericsson España las mujeres tienen salarios inferiores, subidas salariales menores, están infrarrepresentadas en los órganos de dirección y sufren peores valoraciones de desempeño.

En CGT creemos que, si queremos avanzar hacia la igualdad, es necesario romper esta visión del embarazo y la maternidad como un problema laboral. Apostamos por medidas que permitan, en primer lugar, compartir la responsabilidad de la crianza de manera más equitativa y por eso en el Plan de Igualdad hay medidas específicas para hombres. Pero también por nuevas medidas de protección de la mujer en periodo de gestación y lactancia y, por supuesto, medidas de conciliación familiar aplicables tanto a hombres como a mujeres.

Salvo en contadas excepciones, el embarazo es un proceso fisiológico que no puede verse como una enfermedad. Sin embargo, la aceptación de la situación de gestación de una trabajadora como algo normal desde el punto de vista laboral debe ir acompañada de medidas de protección a una situación especialmente sensible. En reconocimiento a esta situación se incorporan las siguientes medidas para la protección de la mujer en periodo de gestación:

  • Medida 23. Ericsson se compromete a seguir las recomendaciones de la SEGO (Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia) en relación con el riesgo durante el embarazo incluyendo estas estas recomendaciones en los protocolos aplicables con participación de los comités de Seguridad y Salud.

De acuerdo a estas recomendaciones, la SEGO aconseja interrumpir la actividad laboral en la semana 37 (semana 34 en embarazos múltiples) para aquellas trabajadoras que ejercen una actividad “Sentada con actividades ligeras”, ya que se producen riesgos ergonómicos imposibles de eliminar. Obviamente, las trabajadoras con actividades que supongan mayor carga física deben interrumpir la actividad antes; puedes consultar el documento completo de la SEGO en éste enlace.

Esta interrupción laboral, no ligada a ninguna baja médica por enfermedad, se inicia a través del servicio médico de la empresa y conlleva el cobro de una prestación a través de la Mutua, que la empresa complementa hasta el 100% del sueldo. Es necesario que la trabajadora solicite formalmente una evaluación de riesgos de su puesto de trabajo, lo que desde CGT se aconsejamos hacer hacia la semana 30.

  • Medida 30. Las trabajadoras embarazadas disfrutarán, desde la semana 32 de gestación, de una reducción de su jornada normal de trabajo de 1 hora diarias, sin que esta reducción conlleve una reducción de su salario. En caso de parto múltiple, esta reducción se disfrutará desde la semana 26 de gestación.
  • Medida 31. Durante este periodo, las trabajadoras tendrán la posibilidad de acogerse a la jornada continua, sin estar obligadas a tomarse el descanso para la comida dentro de su horario de trabajo.

Para proteger la situación de lactancia, se ha conseguido una ampliación de la licencia por lactancia hasta los 10 meses:

  • Medida 17. Uno de los progenitores disfrutará por lactancia de cada descendiente menor de 10 meses, una hora de ausencia del trabajo, ya sea al principio, final de la jornada o durante la misma.
  • Medida 18. Los trabajadores y las trabajadoras podrán acumular las horas de lactancia sustituyéndolas por el disfrute del permiso en días completos.
  • Medida 19. Se permitirá la acumulación de horas de lactancia concentrándolas en 18 días laborables a disfrutar a continuación del permiso de maternidad.

Y recordamos que, en caso de compartir parte de la baja de maternidad también hay beneficios

  • Medida 11. Para fomentar el uso compartido del permiso de maternidad, en caso de que comparta el permiso de maternidad en al menos 5 semanas, cada progenitor disfrutará de una semana adicional de permiso, Independientemente a que sea a tiempo completo o parcial. La compañía solo podría garantizarlo para aquel o aquellos progenitores que trabajan en Ericsson.

Queremos insistir en que la compañía, en todos estos casos, no sólo complementa las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100% del salario fijo, sino que se computan como tiempo trabajado a la hora de calcular el sueldo variable. Es decir, que se busca que no haya ningún perjuicio económico para las trabajadoras que hagan uso de estas nuevas medidas.

Estas medidas, y todas las contenidas en el Plan de Igualdad están en vigor desde el pasado 18 de Diciembre de 2014, fecha en la que se firmó el acuerdo. Si has sido o vas a ser madre, no lo olvides: ahora puedes disfrutar de nuevos beneficios. Lee el plan. Disfrútalos

CGT comprometidos con la igualdad

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