Nota 75: Gastos Judiciales Juicio del Bono

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Gastos Judiciales Juicio del Bono

Desde CGT queremos aclarar algunas informaciones confusas que se han publicado desde otras organizaciones, desconocemos si de forma intencionada o por simple ignorancia.

Desde la sección sindical de CGT se tomó la iniciativa activa en el desacuerdo sobre el la reducción del bono y cuando fueron llegando las fechas de los juicios estuvimos abiertos a escuchar las ofertas de la empresa para llegar a un acuerdo sobre la problemática.

La empresa ofreció unos cálculos que ciertamente consideramos aceptables, y sobre ellos exigimos otros conceptos ya que entendíamos que la demora del pago en el tiempo y las molestias tanto personales como económicas en que habían hecho incurrir a los trabajadores tenían que ser compensadas.

CGT fue la que inicialmente pidió a la empresa que añadiese los conceptos:

  • Intereses por la tardanza en el pago.
  • Gastos legales.

La empresa ofreció unos nuevos cálculos, esta vez ofreciendo intereses por el tiempo transcurrido pero se negó rotundamente a pagar gastos legales.

Nuestra sorpresa fue mayúscula hace unos días cuando conocimos que la empresa se estaba planteando aceptar esta misma reclamación a otros entes, y, en línea con la máxima de esta sección sindical, que es defender los derechos de todos los trabajadores, comunicamos a la empresa que veíamos muy deshonesto dar condiciones diferentes a unos y otros demandantes y que pedíamos este mismo trato para todos aquellos demandantes (no sólo los de CGT) que hubiesen llegado previamente y en el futuro a un acuerdo sobre este tema.

Por lo que sabemos nuestra reclamación no ha caído en saco roto y la empresa abonará 300€ en concepto de gastos judiciales a absolutamente todas las personas que hayan conciliado antes de llegar a celebrarse el juicio.

La empresa nos ha comunicado que pagará en la nómina de febrero 300€ brutos en concepto de compensación por los gastos en que haya incurrido el trabajador. Si no recibís esta cantidad por favor hacérnoslo saber cuanto antes para poder avisar a la empresa e instarles a que subsanen el error.

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